Investigados 12 policías que entraron a la fuerza a un piso de Villaverde por una fiesta ilegal

Gacetín Madrid

El Juzgado de Instrucción número 4 de Madrid ha citado a declarar como investigados a los policías nacionales que intervinieron en un domicilio en el que se estaba realizando una fiesta, a pesar de las restricciones del COVID que prohibían reuniones de no convivientes en domicilios.

Los hechos ocurrieron la noche del pasado 9 de diciembre en un piso del número 14 de la calle Pan y Toros, en el distrito madrileño de Villaverde. Un vecino alertó a la Policía Nacional porque del piso salía mucho ruido propio de una fiesta y porque se oía a un niño pequeño llorar.

Al lugar acudieron varias patrullas policiales, que tras serles negada la entrada, entraron a la fuerza y sin orden judicial. Esto solo está permitido en caso de que se esté produciendo un «flagrante delito», y en el caso de no abrir una puerta de un domicilio o de incumplir las restricciones COVID no se tipifica como «delito».

Por todo ello, se interpuso una denuncia contra los agentes y, a raíz de ello, el juez abrió diligencias. Ahora el magistrado ha citado a los agentes para el próximo mes de octubre por si hubieran incurrido en infracción penal por la entrada no consentida en el domicilio.

El caso es similar al ocurrido en la madrugada de pasado 21 de marzo, cuando agentes de la Policía Nacional, empleando un ariete, echaron abajo la puerta de un domicilio de la calle Lagasca, en el Barrio de Salamanca, después de que los vecinos denunciaran el ruido y los gritos de jóvenes que procedía de la vivienda por una posible fiesta ilegal.

Tras recibir el atestado policial, el Juzgado de Instrucción nº 4 de Madrid abrió diligencias para investigar a los jóvenes, siendo recurrido ante la Audiencia de Madrid. Ahora los magistrados de este órgano, tras estimar dicho recurso presentado por los inquilinos del inmueble, han ordenado al juzgado de Instrucción nº 4 que, además de no admitir a trámite la denuncia, deduzca testimonio por si los agentes de la Policía Nacional hubieran incurrido en infracción penal por la entrada no consentida en ese domicilio.

En el auto, al que ha tenido acceso Gacetín Madrid, la Sección 23º de la Audiencia de Madrid sentencia que «se ha producido un exceso en el ejercicio de la autoridad, con infracción del derecho a la inviolabilidad del domicilio».

Los magistrados consideran que «no era necesario penetrar a la vivienda por la fuerza, quebrantando el derecho a la inviolabilidad del domicilio», a lo que añaden que las personas en el interior del inmueble «únicamente se negaron a abrir la puerta y con ello a identificarse», por lo que «no era de temer una progresión delictiva o la desaparición de pruebas del delito que en definitiva no se habían cometido».

Te puede interesar

2 comentarios

Alberto 16 julio, 2021 - 1:02 pm

Increíble… Vaya mierda de juventud…

Y si no les abren que van a hacer? Es mejor dejar indefensos a los vecinos ante los ruidos, además del tema COVID, claro?

Pues si es ilegal… Hay que modificar la Ley para permitir que, ante una denuncia de un vecino, si el propietario está dentro (se sabe por el ruido) y se niega a abrir, permitir entrar a la fuerza (por supuesto, pagando luego los posibles desperfectos, claro está).

Responder
Realista Cabreado 17 julio, 2021 - 10:10 am

¡Reinstauración inmediata del Servicio Militar obligatoria y para ambos sexos!..

Responder

Comentarios