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Madrid celebra este domingo su tercer ‘Día sin Bañador’ del verano en Aluche

by Gacetín Madrid

Este domingo, 18 de julio, la ciudad de Madrid celebra su tercer ‘Día sin Bañador’ del verano. La asociación ADN y la Junta Municipal del distrito madrileño de Latina proponen a sus usuarios disfrutar de las instalaciones deportivas de Aluche sin el bañador. Será en horario de mañana, de 10:30 horas a 14:30 horas, y tendrá un aforo máximo de 600 personas, el 50% del total de la piscina.

Tras el primer ‘Día sin Bañador’ celebrado el pasado 13 de junio, en Hortaleza y el segundo el pasado 4 de julio en Lago (Casa de Campo), desde ADN se lanzan a esta tercera jornada. La mejor manera de adquirir las entradas es mediante la app “Avisos Madrid, que se debe tener instalada en el móvil.

Todo ello para reivindicar «la tolerancia social hacia la desnudez en todas las zonas de baño». Con el objetivo de reivindicar el respeto social a la desnudez, la Federación Española de Naturismo (FEN), y ADN manifiestan que «queremos que la desnudez sea una opción más a la hora de ir a los lugares de baño, tal y como lo es el bañador o el top-less. «Queremos incorporar la desnudez natural al paisaje de las playas, ríos, pantanos y piscinas».

«Queremos que desaparezca la diferenciación entre nudistas y no nudistas, queremos que todos sean bañistas con diferentes opciones de tomar el Sol», inciden, añadiendo su reclamación de que «en todos los lugares de baño todo el mundo pueda expresar su libertad de indumentaria, su el derecho a la propia imagen reconocido en la constitución y su libertad de expresión, de acuerdo con el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que ha declarado protegida la desnudez por el artículo 10 de la Convención».

Según inciden desde la Asociación para el Desarrollo del Naturismo (ADN), «no es correcto llamar a estos días de bañador optativo ya que en realidad el bañador siempre es optativo. Alguien podría objetar que en algunas ciudades, como precisamente Madrid, la ordenanza de piscinas señala como obligatorio el uso de bañador. Pero en realidad no es así».

«Consultados algunos de los artífices de la ordenanza, para no tener que “interpretar la mente del legislador”, nos aseguran que la pretensión de ese artículo era y es prohibir el uso de ropa interior u otro tipo de prendas de calle. Es decir lo contrario de la desnudez, y por razones de higiene. En ningún caso pretendían con ese punto prohibir la desnudez», exponen.

«¿Es el uso del bañador algo negativo? -se preguntan- La respuesta es sí. El bañador no cumple la función que su nombre indica. No te baña, no permite que el sol alcance toda tu piel, conserva la humedad, es anti-higiénico, no permite una adecuada ducha antes del baño en la piscina,… y sobre todo señala las partes del cuerpo que oculta como inmorales, como malas, como ocultables. El bañador es pues una ropa intrínsecamente inmoral. Convierte las partes que oculta en inmorales. Criminaliza el cuerpo humano. No es ideológicamente neutro».

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