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La Comunidad de Madrid vuelve a cerrarse perimetralmente de cara al Puente de Diciembre (del 4 al 8 de diciembre), como ya hizo con los dos puentes de noviembre, el de Todos los Santos y el de La Almuena. Sin embargo, este confinamiento se extenderá más allá, hasta el 14 de diciembre, un total de 10 días.
El cierre perimetral, que impedirá la entrada y salida de personas de los límites de la Comunidad, salvo motivo justificado, se extenderá entre las 00:00 horas del viernes, 4 de diciembre, y las 00:00 horas del lunes, 14 de diciembre, un total de 10 días.
Según fuentes de Delegación del Gobierno en Madrid, casi 7.000 agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado estarán encargados de vigilar el cumplimiento de las restricciones, concretamente 2.500 policías nacionales y 4.500 guardias civiles.
Los guardias civiles se encargarán de realizar controles en autovías, radiales, carreteras secundarias, accesos a la Sierra y otros lugares de la región y en las fronteras con Ávila, Segovia, Toledo y Guadalajara. Por su lado, los policías naciones velarán, junto a los municipales, por el cumplimiento de las restricciones a la movilidad de los vecinos de las áreas de salud determinadas por la Consejería de Sanidad, el perimetraje de la capital y otras labores en apoyo de las Policías Locales.
El Puente de la Constitución, conocido como Puente de Diciembre, es de especial significancia dado que durante estas fecha son miles de personas residentes en provincias limítrofes las que acuden a la capital para disfrutar de los primeros compases de la Navidad, sus luces, mercadillos y para hacer las primeras compras de cara a los Reyes Magos.
Todo apunta a que el coronavirus se llevará también por delante este puente, uno de los más importantes en la Comunidad de Madrid desde el punto de vista del turismo y la economía de pymes y autónomos. Sin embargo, se espera que ocurra algo similar al Puente de La Almudena y el comercio y el turismo interior haga que las ventas no decaigan.
En toda la Comunidad de Madrid, en virtud del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, de Estado de alarma, y del Decreto 29/2020, de 26 de octubre, de la Comunidad de Madrid, se ha establecido además la limitación de movimiento entre las 00:00 horas y las 06:00 horas, salvo por causa justificada, y el cierre de toda actividad de hostelería en la misma franja horaria. Asimismo, las reuniones sociales o familiares están limitadas a seis personas en cualquier franja horaria, salvo convivientes.
En el caso del comercio y servicios profesionales, así como los mercadillos al aire libre, no podrán iniciar la actividad antes de las 06:00 horas y deberán cerrar a las 22:00 horas, a excepción de las farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y establecimientos que presten servicios imprescindibles e inaplazables. Los centros comerciales donde haya cines, restauración u ocio podrán cerrar a las 00:00 horas.
Por norma general, incluidos lugares de culto, instalaciones deportivas de interior, hostelería y restauración interior, el Decreto establece la reducción de los aforos en toda la región al 50%. Además, está suspendido el servicio en barra. Las excepciones contempladas a la norma general del 50% son un 75% en teatros, cines y otras instalaciones culturales, un 40% en las salas multiusos polivalentes (como el Wizink Center), las terrazas al aire libre que permanecen al 75%, los establecimientos comerciales con el 75% y los centros de formación no reglada, al 75%.