- Es el compromiso alcanzado por el Consistorio madrileño y CCOO Industria para que durante el mes de julio se realice por parte de la administración el estudio de los túneles de la capital para detectar si en la estructura de los mismos hay asbestos.
- Desde el sindicato han solicitado al servicio de prevención de la empresa UTE Luz Madrid Centro la inmediata puesta en marcha del Protocolo de Vigilancia Sanitaria Específica para los trabajadores expuestos a amianto, del Ministerio de Sanidad.
El Ayuntamiento de Madrid se ha comprometido con CCOO Industria a realizar durante el próximo mes de julio un estudio de los túneles de la capital para detectar si en la estructura de los mismos hay asbestos, y que desde la empresa Luz Madrid Centro se ponga en marcha de forma inmediata el Protocolo de Vigilancia Sanitaria Específica para los trabajadores expuestos a amianto.
CCOO Industria mantuvo el jueves 25 de junio una reunión con el Ayuntamiento de Madrid tras la información que UTE Luz Madrid Centro -empresa mantenedora de los túneles en la capital- facilitó a los delegados de prevención de la empresa a raíz del estudio ambiental realizado por el Consistorio de la capital en el que se detectaron 3.500 paneles de fibrocemento en los túneles de Azca. Un estudio que el sindicato considera que debería haberse realizado con anterioridad.
El pasado día 1 de junio, los delegados de Prevención de CCOO de la UTE Luz Madrid Centro recibieron la noticia, a través de un correo de la empresa, de que debido a la aparición de paneles de fibrocemento en el túnel de Azca, el Ayuntamiento -que es el propietario de las instalaciones-, había realizado un estudio ambiental de amianto.
De inmediato se pusieron en contacto tanto con la Federación Industria de CCOO de la Comunidad de Madrid como con la Federación estatal de Industria, para informar de la presencia de amianto en las instalaciones en los túneles de Azca, así como de la gran preocupación por la posible exposición de los trabajadores y trabajadores durante el desarrollo de su trabajo.
Los delegados de Prevención de Riesgos Laborales de CCOO al día siguiente de recibir la noticia, comunicaron a la empresa la paralización de todos los trabajos en los que se tuviera que manipular, cortar, taladrar y/o golpear cualquier material en los que no se asegurase previamente la ausencia de amianto.
A partir de esa misma fecha, solicitaron reuniones extraordinarias del CSS de la empresa y el 25 de junio 2020 con el Ayuntamiento, para expresarles su preocupación debido a que por la actividad de su trabajo -mantenimiento y conservación de los túneles de Madrid- es muy probable que hubieran podido manipular, taladrar, cortar y golpear esos paneles en algún momento de los 18 años –existen compañeros que llevan incluso más años- que trabajamos en los túneles.
El Ayuntamiento de Madrid en la reunión mantenida el 25 de junio se comprometió con CCOO Industria a realizar el estudio, durante el mes de julio. Se trata de una revisión de todos los túneles para saber cuál de ellos contiene amianto y, de contenerlo, qué tipo de amianto es y en qué zonas estaría instalado.
Desde el sindicato valoran positivamente el compromiso adquirido por el Consistorio, pero no quieren dejar pasar la oportunidad para solicitarle que «hay que tener en cuenta otras instalaciones sospechosas de poder haber sido construidas con materiales que contengan amianto, como los centros de mando subterráneos del alumbrado público. En definitiva, se le solicitó la realización de un inventario de los materiales de construcción de los túneles para poder localizar amianto».
El amianto es un agente peligroso clasificado como cancerígeno (C1), presente bajo diferentes formas y en numerosas situaciones laborales, que puede causar enfermedades graves. Los conocimientos científicos actuales no permiten establecer un nivel de exposición por debajo del cual los riesgos para la salud no existan.
Asimismo, el fibrocemento es un material que contiene amianto –crisolito- que está prohibido en nuestro país desde el año 2002, es decir, ningún proceso industrial puede utilizar amianto y tampoco se pueden vender ni adquirir productos con amianto. De estas necesidades, junto con la exigencia comunitaria de trasposición de la Directiva 2003/18/CE, surge la aparición del RD 396/2006, por el que establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgos de exposición al amianto.
Uno de los grandes problemas que ha presentado el amianto ha sido el largo periodo de latencia de la enfermedad, que puede establecerse entre los 15 y los 40 años. Siendo muchas las enfermedades que están directamente relacionadas con la presencia del amianto durante la relación laboral del trabajador, podemos señalar como las más destacables: asbestosis – mesotelioma – cáncer de pulmón – Etc.
La UTE Luz Madrid Centro viene desarrollando –entre otros- el mantenimiento y conservación de las instalaciones urbanas de la ciudad de Madrid desde el año 2014 y, anteriormente, con la misma plantilla de trabajadores pero con otras empresas de los túneles centralizados de la ciudad de Madrid como por ejemplo los túneles de María de Molina, Plaza de Castilla, Santa María de la Cabeza, Princesa, Santa Cruz de Marcenado etc., hasta un total de 30 túneles entre los que no se encuentran los de la M-30.
También lleva el mantenimiento y conservación del alumbrado público, tráfico –semáforos-, iluminación de monumentos y la explotación del Centro de Control de Túneles –situado en Azca- y del Centro de Control de Cámaras de Movilidad de la c/ Albarracín, con un total de unos 182 trabajadores adscritos a esta UTE.
Con anterioridad al RD 396/2006 que regula las disposiciones mínimas de seguridad y salud sobre los trabajos con riesgos de exposición al amianto, ya existían normativas nacionales de obligado cumplimiento por parte de las empresas. Unas relacionadas directamente con el amianto, otras como cancerígeno que es, así como obligaciones empresariales de muestreos ambientales, información/formación a los trabajadores y trabajadoras, reconocimientos médicos y del deber de protección. Destacan, entre otras:
· Decreto 2414/1961, por el que se aprueba el reglamento de actividades molestas insalubres y peligrosas.
· Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Orden 9 de Marzo de 1971.
· RD 665/1997 de protección de la salud de los trabajadores, frente a la exposición a agentes cancerígenos en el trabajo.
· La OM de 31 de octubre 1984 por la que se aprueba el reglamento sobre trabajos con riesgos por amianto.
· La Ley de Prevención de Riesgos laborales 31/1995.
Desde el sindicato esperan que los reconocimientos médicos específicos del amianto sean negativos para toda la plantilla y entienden que en un futuro «debería de abrirse un debate sobre cómo controlar mejor qué instalaciones contienen este tipo de material para evitar situaciones como esta, debate en el que deben de estar presentes todos los agentes sociales».
CCOO Industria valora positivamente «la actuación que estamos llevando a cabo, ya que es el camino correcto para poder garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras que están realizando sus labores diarias, al haber llegado a diferentes acuerdos con la empresa mantenedora para que así sea».