La Fiscalía Provincial de Madrid ha archivado una denuncia abierta a raíz de un escrito presentado por la Asociación el Defensor del Paciente para que se investigara el fallecimiento de un matrimonio de avanzada edad a consecuencia de la COVID-19 en un hospital de Madrid con el fin de depurar las responsabilidades derivadas por la actuación del centro. El archivo se sustenta en que de los informes médicos recibidos, “parece deducirse” que el protocolo de actuación médica que se siguió con ambos fallecidos “fue el correcto, sin incurrir en conductas descuidadas” y que la atención prestada “fue la correcta, y la causa de fallecimiento fue el COVID”.
La denuncia adjuntaba un escrito de la hija del matrimonio dirigido a la Asociación el Defensor del Paciente en el que manifestaba que el pasado 15 de marzo su padre había ingresado en el hospital con una neumonía tras ser trasladado en una ambulancia que fue pedida por la doctora que les atendió en su domicilio y que su madre no ingresó hasta dos días después, también afectada por neumonía pero con afectación en un solo pulmón.
La hija relató también que su padre, de 92 años de edad, había dado positivo al coronavirus y que a su madre, a pesar de haber dado negativo, había que repetirle la prueba. El domingo 22 de marzo, según consta en el escrito de la hija, su padre falleció y el lunes llamó para interesarse por su madre y le dijeron que estaba “grave”.
La versión de la hija señalaba que en la mañana del martes 24 les avisaron por si querían ver a su madre, de 86 años de edad, “entendiendo que era para despedirse de ella, y que cuando entraron en su habitación su madre estaba muerta, mediodesnuda y con un pañal”.
El relato incluido en la denuncia reflejaba, además, que el médico no sabía que había fallecido la mujer y que las enfermeras decían que no era su paciente. Incluso, subrayó que el trato recibido por el personal del centro fue “frio” y “deshumanizado” y que como “colofón” las pertenencias de su madre habían desaparecido, pendientes de oro y alianza.
El 26 de mayo el hospital remitió a la Fiscalía los informes médicos de los fallecidos en el que reseña que ambos habían dado positivo al covid 19. El padre, ingresó con una neumonía bilateral y murió al cabo de una semana. La mujer, por su parte, no necesitó suplementos de oxígeno cuando llegó a urgencias porque “presentaba buena saturación basal de oxígeno, objetivándose una neumonía en el lóbulo inferior derecho junto con linfopenia, LHD Y PCR elevados, factores a tener en cuenta según protocolo de actuación de pacientes con COVID”.
Además, durante su estancia en planta, “la paciente presentó un empeoramiento clínico con mayor necesidad de aporte de oxígeno, y como es una paciente no subsidiaria de medidas agresivas de acuerdo con la familia se decide priorizar medidas de confort”.
La Fiscalía advierte de que en el ámbito de la responsabilidad penal médica, solo es posible calificar una actuación médica como penalmente reprochable “cuando en el tratamiento médico o quirúrgico efectuado al paciente incide en conductas descuidadas de las que resulte un proceder irreflexivo, con falta de investigaciones o verificaciones precisas como imprescindibles para seguir el curso en el estado del paciente”. Añade que en estos casos, “el reproche de culpabilidad viene dado no tanto por el error, si le hubiere, sino por la dejación, el abandono, la negligencia y el descuido de la atención que aquel requiere y se ha de basar en una culpa incontestable”.
Respecto al trato “frio” y “deshumanizado” del personal sanitario, la Fiscalía pone de manifiesto que “parece ser que la familia estaba de acuerdo en priorizar medidas de confort ya que no era susceptible Doña (….) de otras medidas con carácter subsidiario, y existía acuerdo familiar como se hace constar en el informe médico, por lo que era sobradamente conocedora de la situación médica y de gravedad que atravesaba Doña (,,,) y de las medidas adoptadas por el Centro”.