- Hasta este viernes la Policía Municipal despliega su mayor operación de controles para evitar desplazamientos por Semana Santa.
- Se instalará un centenar de controles estáticos por parte de las unidades de tráfico y atestados y de las unidades integrales de distrito (UID).
- Los controles, permanentes durante estos días, se extenderán hasta la madrugada.
- Desde la declaración del Estado de Alarma, la Policía Municipal realiza numerosos controles para velar por su cumplimiento, con más de 13.000 propuestas de sanción y 60 detenidos.
La Policía Municipal de Madrid interpuso durante este miércoles, 8 de abril, un total de 2.132 denuncias, detuvo a 34 personas e interceptó 918 vehículos por incumplir las restricciones de libre circulación de personas por el Estado de Alarma con el fin de reducir la propagación del coronavirus COVID-19, que ya ha matado en Madrid a más de 5.800 personas.
Estas 2.132 denuncias y 918 vehículos interceptados se enmarcan en el mayor operativo de controles por carretera desplegado por la Policía Municipal de Madrid para evitar desplazamientos con motivo de la Semana Santa, que estará en vigor hasta las 2 de la tarde de este viernes, 10 de abril.
Aunque las sanciones que se pueden aplicar en estos casos van desde multas de 100 euros hasta penas de 3 meses de cárcel por desobediencia a la autoridad, y hasta 4 años por atentado a la autoridad, las multas interpuestas en lo que llevamos de Estado de Alarma han sido de 600 euros o más.
Así, la Policía Municipal está instalando un centenar de controles estáticos por parte de las unidades especiales de tráfico y de atestados y las diferentes unidades integrales de distrito (UID) en diversas ubicaciones de la capital, muchas de ellas de salida a las principales vías de comunicación. Los controles, que serán permanentes durante estos días, se prolongarán hasta la madrugada de hoy para evitar la posible utilización de vehículos privados.
Desde la declaración del estado de alarma, la Policía Municipal está realizando numerosos controles para velar por su cumplimiento, permitiendo solo el tránsito autorizado tanto por carretera como por las aceras. Para ello ha usado también la última tecnología de la que dispone, como son los drones con altavoces, que permitieron controlar al inicio de la crisis la presencia indebida de personas en lugares como Madrid Río o la Casa de Campo.
Fruto de ese trabajo de control, el Cuerpo ha interpuesto unas 13.000 propuestas de sanción, ha detenido a 60 personas y unos 450 vehículos han sido interceptados desde el pasado 15 de marzo.
Garantizar el tránsito y la seguridad en puntos clave
Además, los agentes municipales han redoblado esfuerzos para garantizar el tránsito y la seguridad en puntos clave durante la crisis, no sólo de grandes infraestructuras como IFEMA y el Palacio de Hielo, sino también actuando con mayor incidencia en el control de los mercados, desde Mercamadrid a los de barrio, donde la seguridad es prioritaria.
En este sentido, la Policía Municipal de Madrid mantiene operativa el 100 % de su plantilla desde la puesta en marcha del Plan Territorial de Emergencia Municipal (PEMAM), una operatividad que se mantendrá mientras dure esta crisis.
Además de su labor habitual, los agentes municipales colaboran con los servicios de Emergencia (SAMUR-Protección Civil y Bomberos de Madrid) en los traslados de pacientes a hospitales, en las labores de descontaminación de distintos inmuebles y en el reparto de agua y alimento a diversos hospitales.
Real Decreto que establece el Estado de Real Decreto que establece el Estado de AlarmaAlarma
Una de las partes más importantes del Real Decreto que establece el Estado de Alarma en todo el país, que ha sido prorrogado hasta el 12 de abril, está en las restricciones a la libre circulación de personas por las calles y carreteras españolas.
Todos aquellos que se encuentren fuera podrán regresar a su lugar de residencia, pero el Gobierno ha dejado claro que no podrán volver a salir. Durante la vigencia del Estado de Alarma los ciudadanos únicamente podrán circular «de uno en uno» por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:
a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
b) Asistencia a centros sanitarios.
c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.
Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio. En todo caso, en cualquier desplazamiento deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.
El titular del Ministerio del Interior podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos. Las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial garantizarán la divulgación entre la población de las medidas que puedan afectar al tráfico rodado.