Rebajar la estatura mínima 10 centímetros, a 160 centímetros los hombres y a 155 centímetros las mujeres, para poder acceder al Cuerpo de la Policía Municipal de Madrid. Esta es la propuesta del Grupo Municipal Socialista (PSOE) que llevará este miércoles al Pleno del Ayuntamiento de Madrid.
El vigente Reglamento para el Cuerpo de Policía Municipal de Madrid es de marzo de 1.995. Desde entonces está establecido, en su artículo 175, que la estatura mínima para acceder al Cuerpo es de 170 centímetros para lo hombres y de 165 centímetros para las mujeres.
Asimismo, el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, en su artículo 28 determina “tener una estatura mínima de 170 centímetros los hombres y de 165 centímetros las mujeres”.
Mediante Decreto de 11 de marzo de 2019, el Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, aprobó las bases específicas que regirían la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Policía del cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.
El Anexo III de las mencionadas Bases establece el cuadro de exclusiones en relación a la aptitud psicofísica, fijando su apartado 1 que la talla mínima para mujeres será de 165 centímetros y para hombres de 170 centímetros.
Según el estudio comparativo “Society at a glance”, realizado por la OCDE en 2009 (publicado en www.oecdilibrary.org), la media de altura de los países de la OCDE es de 177 centímetros para los hombres y 164 centímetros para las mujeres. Por su parte, los españoles cuentan con una altura media de 174 centímetros y las españolas alcanzan los 163 centímetros de media, ambos situados en la franja baja del estudio.
Según el concejal socialista Ramón Silva, firmante de la proposición, «esto nos lleva a una primera conclusión: mientras que la talla mínima para los hombres se establece 4 centímetros por debajo de su talla media, la talla mínima para las mujeres se establece 2 centímetros por encima de su talla media».
La Unión Europea se dotó de la Directiva 76/207/CEE de Igualdad de Trato entre Hombres y Mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesionales, y a las condiciones de trabajo. Esta Directiva contempla la aplicación a los Estados miembros del principio de igualdad de trato, que supone la ausencia de toda discriminación por razón de sexo, bien sea directa o indirectamente.
Se entiende por discriminación indirecta la situación en que una disposición sitúa a personas de un sexo determinado en desventaja particular con respecto a personas del otro sexo. Según jurisprudencia reiterada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, existe discriminación indirecta cuando la aplicación de una medida nacional perjudica de hecho a un número muy superior de mujeres que de
hombres.
·En el caso de las Bases que nos ocupan y la exclusión establecida con respecto a la altura mínima establecida para cada sexo, se puede inferir de los estudios realizados por la OCDE que existe un número mucho mayor de mujeres con una estatura inferior a 165 centímetros que de hombres con estatura inferior a 170 centímetros, es decir, el requisito de estatura mínima de 165 centímetros para mujeres supone una desventaja para un número mucho mayor de personas de sexo femenino que establecer el requisito de 170 centímetros para el sexo masculino. De modo que estas Bases, atendiendo al fallo del TJUE, estarían creando discriminación indirecta», inciden desde el PSOE.
El Gobierno de España ya ha comenzado a actuar (febrero 2019) para evitar la discriminación indirecta, estableciendo que en la Guardia Civil se exija poseer una altura mínima de 160 centímetros para hombres y 155 centímetros para mujeres (hasta 2018 era 165 para los hombres y 160 para las mujeres).
En la Policía Nacional actualmente se exige tener una estatura mínima de 165 centímetros los hombres y 160 centímetros las mujeres, aunque en algunos medios de comunicación se ha publicado que se está estudiando implantar las mismas tallas mínimas ya aprobadas para la Guardia Civil.
Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista reclama que el gobierno de la Ciudad de Madrid realice cuantas gestiones sean necesarias con el gobierno de la Comunidad de Madrid para modificar, a la mayor urgencia, el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid con el objetivo de establecer una estatura mínima de 160 centímetros los hombres y 155 centímetros las mujeres.
También solicitan modificar a continuación, y a la mayor urgencia, el Reglamento para el Cuerpo de Policía Municipal en su artículo 175 letra g) sustituyendo su actual contenido por el siguiente literal: “Tener una estatura mínima de 160 centímetros los hombres y 155 centímetros las mujeres.”