- El texto es el producto del trabajo de profesionales de la EMVS con la colaboración de entidades ciudadanas y de todos los grupos políticos municipales.
- El reglamento perfecciona el sistema de adjudicación ya que permite adecuar mejor la oferta de vivienda con las necesidades de las familias solicitantes y regular las relaciones contractuales en un marco garantista para ambas partes.
- Por primera vez se exige el cumplimiento de las normas de convivencia a través de un “compromiso social común” en los contratos de arrendamiento como decálogo de derechos y obligaciones entre las partes.
El Pleno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado este jueves, 20 de diciembre, con los votos a favor de Ahora Madrid, PSOE y Ciudadanos, y en contra del PP, el nuevo texto que desarrollará la forma de adjudicación de las viviendas gestionadas por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid dependiente del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo. Las viviendas serán todas ellas en régimen de alquiler, según se acordó al inicio de esta legislatura.
El nuevo reglamento es fruto de un trabajo continuado a lo largo de un año y medio con entidades ciudadanas y con aportaciones de todos los grupos municipales.
La selección de las personas que podrán ser adjudicatarias de vivienda en un proceso concreto dependerá del número y tipología de las viviendas disponibles. Para determinar quiénes son los adjudicatarios se organiza la demanda total en grupos y subgrupos, de acuerdo con sus circunstancias personales, familiares, sociales, económicas y de otra índole, recogidas todas ellas en el Registro Permanente de Solicitantes de Vivienda de la EMVS. El objetivo principal del nuevo sistema es lograr una mayor heterogeneidad social y reequilibrio territorial en las adjudicaciones.
Se considerarán grupos de demanda: las personas en situación de vulnerabilidad residencial; las personas menores de 35 años y las mayores de 65; las familias monoparentales y las numerosas; las personas con discapacidad; las víctimas de violencia de género, trata y/o explotación sexual; la demanda general y las personas en “extrema exclusión residencial”. Para determinar con total objetividad quienes forman parte de este último grupo, los servicios sociales de la EMVS elaborarán un informe basado en la tipología ETHOS propuesta por el Comité Económico y Social Europeo.
Al segmentar a los solicitantes en función de sus características socioeconómicas y personales, se conseguirá llegar a más sectores de la población madrileña, respetando siempre el porcentaje mínimo de viviendas para cada uno de los grupos que viene fijado por el propio Reglamento.
Se incorporan medidas que favorecerán los alquileres estables: se fija la duración de los contratos, con prórroga facultativa para la parte arrendataria y obligatoria para la EMVS.
Se mejora la flexibilidad en las rentas: se realizarán revisiones anuales que permitirán adecuar el coste del alquiler a la situación económica que acredite la familia en cada momento, limitando las rentas máximas a un 20 % o 30 % de los ingresos familiares.
Se exige el cumplimiento de las normas de convivencia a través de un “compromiso social común”, con el objetivo de mejorar el uso de la vivienda y la convivencia vecinal. Este compromiso favorecerá las dinámicas vecinales de los residentes entre sí y con su entorno, que desembocará en una mayor integración de los nuevos residentes. En esta línea seguirá trabajando el sistema de intervención social de la EMVS con una dotación presupuestaria anual de un millón de euros.
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