Según han destacado, los informes de medición aprecian una disminución del ruido en la actualidad en la urbanización ‘Ciudad de Santo Domingo’.
La Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha acordado declarar ejecutada la sentencia del Tribunal Supremo de 13 de octubre de 2008, con relación al denominado caso de los ‘ruidos de Barajas’ y/o ‘Caso Ciudad Santo Domingo’.
En la resolución del Tribunal Supremo se apreció la lesión del derecho fundamental a la intimidad domiciliaria de los recurrentes como consecuencia del ruido producido por el sobrevuelo de aviones de la urbanización Santo Domingo en que residen, situada en la localidad madrileña de Algete.
El auto del alto tribunal madrileño concluye que en los informes efectuados sobre las mediciones del ruido “se aprecia una contaminación acústica por debajo de los límites legales establecidos en las normas vigentes”.