- Hay cuatro recursos ante juzgados de lo contencioso-administrativo que solicitan medidas cautelares consistentes en que se suspenda la ejecución de la decisión municipal. En uno de estos casos, el juez ya ha denegado la petición de medidas cautelares.
- El Ayuntamiento de Madrid ha tramitado y rechazado alrededor de un millar de recursos de reposición de carácter administrativo.
- El protocolo de información a los vecinos afectados se pondrá en marcha cuando se reanude el proceso de cumplimiento del acuerdo del equipo de Gobierno.
El Ayuntamiento de Madrid tiene paralizado temporalmente, por prudencia, el cambio de placas de rotulación de 52 calles, acordado por la Junta de Gobierno el pasado 4 de mayo, a la espera de que los jueces se pronuncien sobre la petición de medidas cautelares solicitadas por diversas personas en relación con esa modificación del callejero urbano.
El acuerdo de la Junta de Gobierno estuvo precedido por la aprobación en el Pleno municipal del cambio de denominación de 52 calles con reminiscencias franquistas, en aplicación de la ley de Memoria Histórica, promulgada hace 10 años, y 40 años después del final de la dictadura. Esta modificación fue respaldada por una amplísima mayoría de la Corporación, al contar con el voto favorable de tres grupos políticos (36 concejales – Ahora Madrid, PSOE y Ciudadanos) y la abstención de otro (formado por 21 concejales – Partido Popular), es decir, sin un solo voto en contra.
El citado recurso era susceptible de ser recurrido, con carácter potestativo, en vía administrativa o bien en vía judicial. El Ayuntamiento ha tramitado alrededor de un millar de recursos de reposición de carácter administrativo, es decir, ante el propio Ayuntamiento de Madrid. En la inmensa mayoría de estos casos se ha empleado el sistema de cambiar solamente el nombre del recurrente, pero utilizando las mismas argumentaciones, como si fuera una recogida de firmas. La Administración ha rechazado todos estos recursos.
Por su parte, la vía judicial ha recibido seis recursos contencioso-administrativos contra el acuerdo. En cuatro de ellos, los recurrentes han pedido la adopción de medidas cautelares consistentes en la suspensión de la ejecución del acto recurrido, es decir, el cambio del nombre de las calles. Sobre uno de ellos, el juez competente ya se ha pronunciado en el sentido de rechazar esa solicitud, por lo que ahora quedan tres pendientes de que resuelva la justicia.
Ante la interposición de estos recursos, el Ayuntamiento de Madrid ha determinado, por prudencia y por acomodar su actuación a la doctrina jurisprudencial, paralizar el proceso de cambio de las placas identificativas de esas 52 calles hasta que los jueces resuelvan las mencionadas peticiones de medidas cautelares.
La actual denominación de las calles es la que fue aprobada en la Junta de Gobierno del 4 de mayo y que entró en vigor el 8 de mayo. El Ayuntamiento de Madrid ha expresado que «confía en que esta situación se resuelva en breve y pueda continuar ejecutando las acciones previstas en función del acuerdo de la Junta de Gobierno».
El equipo de Gobierno ha elaborado un protocolo de información a los vecinos afectados, que pondrá en marcha una vez que se reanude el proceso de cumplimiento del acuerdo recurrido. Se pretende informar puntualmente a los vecinos afectados tanto de los motivos por los cuales se ha procedido al cambio de denominación de sus calles, con información referida al nuevo nombre otorgado, como respecto a todos los trámites que puedan verse obligados a realizar a consecuencia de ello.