Mientras el Ayuntamiento de Madrid anuncia la activación de nuevos semáforos-radar en la capital, se reproducen las sentencias judiciales que anulan las sanciones impuestas mediante este sistema de captación de imágenes.
Una sentencia ha dado nuevamente la razón a los servicios jurídicos de la asociación de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) y ha anulado una sanción de 200€ y la detracción de 4 puntos, que el Ayuntamiento de Madrid había impuesto a un automovilista por rebasar, presuntamente, un semáforo en fase roja en la Av. del Mediterráneo, 32.
Según el fundamento jurídico primero de la sentencia se señala que «para imponerse tan grave sanción, incluida la privación de cuatro puntos del permiso de conducir, debe quedar constancia de que el conductor pudo haberse detenido antes de cambiar a rojo. Y para ello conocerse si el semáforo tenía fase ámbar, y cuánto duraba la fase ámbar; y, si era suficiente para detenerse antes de la fase roja teniendo en consideración el tiempo de reacción de un conductor medio”.
“En circunstancias normales -continúa la sentencia-, si la formula un agente de tráfico, se entiende que el agente constata estas circunstancias antes de sancionar; no denunciando, si le consta que el conductor no tuvo tiempo de detenerse. Pero, no puede decirse lo mismo de un aparato colocado junto al semáforo en condiciones que no se documentan”.
Por esa razón, y sin entrar a conocer el resto de los motivos de nulidad alegados, se estima el recurso planteado por los servicios jurídicos de la AEA y se anula la multa de 200€ impuesta con reposición al conductor de los cuatro puntos detraídos.
Esta resolución judicial se une a las decenas de sentencias judiciales promovidas por los servicios jurídicos de la asociación AEA en defensa de los intereses de sus miembros, ante los distintos Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid (núms. 3, 5, 8, 10, 21, 23, 25 y 34) y pone de nuevo en evidencia la falta de garantías del sistema utilizado por el Ayuntamiento de Madrid, desde noviembre de 2009, para captar supuestas infracciones por rebasar los semáforos en rojo en 26 intersecciones de la capital.
No obstante, el consistorio madrileño en lugar de paralizar este sistema de captación de imágenes -sobre el que incluso ya se ha pronunciado el Tribunal Superior Justicia de Madrid y el Tribunal Supremo-, ha anunciado que a lo largo de 2016 instalará 15 cámaras más, que se suman a las 26 que venían funcionando desde hace siete años.
Según los datos que maneja la asociación AEA, en 2015 se han formulado 21.749 denuncias por este motivo, con una recaudación de más de 4.349.800 euros, mediante este sistema automatizado de control de infracciones. Denuncias que con mayor frecuencia están siendo anuladas por los tribunales.
Para el presidente de la asociación AEA, Mario Arnaldo, “resulta sorprendente que el Ayuntamiento de Madrid, en lugar de paralizar la utilización de un sistema sobre cuya legalidad ya se han pronunciado, numerosos juzgados, el propio Tribunal Superior de Justicia de Madrid y hasta el Tribunal Supremo, persevere en la utilización ilegal y contumaz de un sistema que no garantiza la seguridad vial de peatones ni automovilistas”.