Todas las semanas, la alcaldesa Manuela Carmena se reúne con un equipo de trabajo del que forman parte la concejal delegada de Medio Ambiente y Movilidad, el concejal delegado de Salud, Seguridad y Emergencias, la concejal delegada de Equidad, Derechos Sociales y Empleo y otras personas de sus equipos. La medición semanal de los indicadores de evolución de la limpieza en la ciudad sigue ofreciendo, según el Ayuntamiento de Madrid, «resultados positivos».
Los servicios municipales han elaborado un nuevo mapa general de la ciudad, y otros 21 relativos a cada uno de los distritos, en los que se señalan los puntos en los que suele haber excrementos caninos. Eso ha permitido localizar las zonas donde se registra una mayor concentración de prácticas incorrectas de los dueños de animales de compañía que no recogen los excrementos, haciendo recaer esta carga en los empleados de limpieza. Esta información ha sido trasladada a la Policía Municipal para que ejerza en esas zonas una vigilancia que permita sancionar este tipo de conductas incívicas.
El Ayuntamiento prepara contra estas infracciones un plan de choque que, a modo de experiencia piloto, empezará a desarrollarse próximamente en dos distritos.
A la vez, ha elaborado un protocolo de medidas alternativas que permitan sustituir las multas impuestas en vía administrativa por la ejecución o desarrollo de trabajos en beneficio de la comunidad, siempre con consentimiento expreso del solicitante de la medida alternativa a la sanción.
Estos trabajos sustitutorios de la sanción serán aplicables a las infracciones tipificadas como leves en el artículo 86 de la ordenanza de limpieza de los espacios públicos y gestión de residuos y las tipificadas como graves en los artículos 87.1a) por realizar las necesidades fisiológicas en vías o espacios públicos y 87.1i) por incumplir la obligación de recogida y limpieza inmediata de las deyecciones de perros u otros animales.
Entre el 16 de enero y el 7 abril pasados, los servicios municipales han tramitado 103 denuncias contra otras tantas personas por miccionar en la vía pública y 12 denuncias por no recoger las deyecciones de perros u otros animales en la calle.
Pese a las reiteradas campañas de información y los siete millones de bolsas que el Ayuntamiento pone gratuitamente a disposición de los dueños de mascotas, sigue habiendo excrementos en las calles, en los parques y en otros espacios. Es un hecho grave por el riesgo que conlleva para la salud pública, motivo por el que la Ordenanza de Limpieza de Espacios Públicos y Gestión de Residuos lo tipifica como infracción muy grave, sancionable con multas de entre 751 y 1.500 euros.
Programa piloto
El sancionado puede permutar las sanciones por trabajos en beneficio de la comunidad. Una vez que la dirección general de Servicios de Limpieza y Residuos dicta la resolución de la sanción, –tanto al inicio o después de alegaciones– es posible sustituir la multa por actividad.
Cuando el interesado recibe la notificación de la multa y solicita su sustitución por actividad en beneficio de la comunidad, el Ayuntamiento de Madrid resuelve fijando las condiciones para la sustitución. A continuación se notificará la resolución y se comunican al responsable del programa los datos del infractor, infracción, sanción y trabajo a realizar.
Es entonces cuando la Dirección General de Limpieza y el Tutor, que coordinará al infractor, trabajan a plena coordinación. El educador contacta telefónicamente con el infractor y fijan la fecha de la primera entrevista en las Oficinas de Limpieza de la calle de Bustamante, donde se le explica el programa y firma un consentimiento.
El siguiente paso es dar cita para el inicio del trabajo de limpieza, la entrega de guantes, chaleco y botas, además de informar del punto de recogida del carro, escoba, recogedor y bolsas, además del resto de utensilios.
Tras realizar la tarea de limpieza en la zona y durante las jornadas correspondientes, se le cita al infractor con el tutor para completar una encuesta de evaluación. Por último, el educador dicta informe favorable o desfavorable, bien para la suspensión de la sanción o la ejecución de la multa.