La Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO Madrid ha ganado la demanda presentada contra Clece SA, empresa que gestiona los Teatros del Canal, al suprimir la aplicación del convenio colectivo por entender que ya había transcurrido un año desde la denuncia del convenio, y que éste carecía de claúsula de ultraactividad.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconoce en la sentencia que todas las personas trabajadoras afectadas por el presente convenio colectivo tienen derecho a que se les aplique y a recibir las retribuciones que regula el convenio, así como los atrasos a que hubiera lugar.
Las plantillas de los teatros del Canal y del teatro Auditorio de San Lorenzo de El Escorial, aunque sean parte de la red de teatros de la Comunidad, trabajan para una empresa privada, CLECE SA, que no ha cumplido con la legalidad vigente tal y como reconoce la justicia, ya que desde el 15 de enero de 2015 les comunicó que no aplicaba el convenio de Locales de Teatro de la Comunidad de Madrid y pasaban a regirse por el Estatuto de los Trabajadores.
CCOO presentó demanda contra la empresa al entender que el convenio estaba vigente desde el año 1998 a todos los efectos, ya que no había una denuncia expresa por las partes. Al mismo tiempo la demanda del sindicato estableció que se debería de aplicar a todo el personal los beneficios del convenio, desde el 15 de enero de 2015.
CLECE justificaba su actuación basándose en una primera reunión que se celebró, el 13 deenero de 2014, para abordar negociaciones para la formalización de un nuevo convenio, pero en ningún momento la patronal formuló denuncia expresa del convenio hasta mayo de 2015, por lo que la empresa no podía desvincularse del convenio aduciendo que estaba ya caducado.