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Condenado a 6,5 años de cárcel el hombre con el ‘síndrome del cuidador quemado’ que dejó morir a su esposa en Madrid

Gacetín Madrid 21 marzo, 2025
21 marzo, 2025
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La Sección 26 de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a seis años y seis meses de cárcel al hombre que dejó morir a su esposa y que estaba diagnosticado con el síndrome del ‘cuidador quemado’, después de que un jurado popular lo considerase por unanimidad culpable de cometer un homicidio por omisión.

Rogelio O.S., en prisión provisional desde el 4 de diciembre de 2022, cuando fue detenido, deberá permanecer en la cárcel, según recoge la sentencia, hasta el 4 de marzo de 2026, momento en el que pisará de nuevo la calle.

Tres días antes de su detención, el 1 de diciembre de 2022, Rogelio se encontraba en el domicilio de la ciudad de Madrid junto a su esposa cuando ella cayó al suelo, vestida con escasa ropa y sin el auxilio del equipo de oxigenoterapia del que dependía su salud, muy mermada al sufrir varias enfermedades, entre ellas esclerosis múltiple, obesidad, y la ya señalada insuficiencia respiratoria.

El condenado tenía, por su parte, diagnosticado un trastorno adaptativo como consecuencia de la situación personal que atravesaba por el cuidado de su esposa, que si bien mermaba su facultad volitiva no la abolía por completo, sin afectar a su capacidad intelectiva. Así las cosas, se recoge en los hechos probados de la sentencia, el hombre tomó en ese instante la decisión de no asistir a su esposa, ni la levantó del suelo ni solicitó ayuda a los servicios de emergencia para que la auxiliaran, dejándola tirada.

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Durante todo el tiempo que estuvo allí tendida y hasta su fallecimiento –añade la sentencia-, no le proporcionó la oxigenoterapia que necesitaba, dejó que se orinara y defecara encima, limitando su asistencia a facilitarle medicación analgésica, a colocarle una almohada debajo de la cabeza y a taparla con una manta. El fallecimiento lo produjo una neumonía lobar abscesificada seguida de una insuficiencia respiratoria aguda. Si el esposo hubiera pedido ayuda, la mujer habría superado la caída, y con su inacción aceptó que su muerte se pudiera producir, como de hecho ocurrió.

La pena impuesta, inferior a los doce años y medio que solicitaba para el acusado el Ministerio Público, y a medio camino entre los cinco y los nueve años y medio de horquilla punitiva para este tipo de delito, la imponen los jueces al aplicar la eximente incompleta de trastorno mental del art. 21 nº1 del Código Penal, en concurrencia con el  20 nº1, al tener en cuenta que la muerte “se produce cuando el acusado se había quedado solo al cuidado de su esposa tras un largo periodo de cuidados que sí que prestó, quedándose en una situación en la que él por sí solo ya no bastaba para una adecuada atención (pues hacían falta dos personas), facilitándose de esta forma que se incrementase el trastorno adaptativo que se le ha reconocido como existente”.

“El acusado –añade la sentencia, sobre la que cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Madrid-, no contaba con el auxilio de sus hijas (ni de forma directa ni indirecta, por ejemplo ayudando a tramitar o tramitando por sí mismas, como representantes de su madre, una solicitud de reconocimiento de dependencia) y se le dejó de prestar a la víctima el servicio público de ayuda domiciliaria que había quedado interrumpido con motivo de ingreso hospitalario anterior”.

El informe del forense recoge que en Rogelio se daban los síntomas que aparecen en quienes asumen el cuidado de personas dependientes, tales como estrés, ansiedad, depresión, irritabilidad, insomnio, dificultad de concentración, apatía, entre algunos otros, síndrome denominado del ‘cuidador quemado’, que “puede llevar en un momento dado a no tomar decisiones ante situaciones que en condiciones psíquicas adecuadas se tomarían de forma inmediata”, lo que el jurado consideró que ocurría en este caso.

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