La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid ha sido informada por parte de la delegada de Economía, Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo, de las medidas a adoptar en materia de reducciones en la cuota de la nueva tasa de residuos.
Hasta el 28 de febrero, podrán solicitar la reducción de la cuota a pagar todas aquellas personas que se encuentren en una situación de vulnerabilidad (perceptores del Ingreso Mínimo Vital y de la Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid), las familias numerosas que residan en una vivienda en régimen de alquiler o que cuenten con un título de familia numerosa expedido en otra comunidad autónoma y todos aquellos propietarios de una vivienda vacía o local sin actividad, tal y como ha detallado la vicealcaldesa y portavoz municipal, Inma Sanz, en rueda de prensa.
La nueva tasa de basuras, aprobada el pasado mes de diciembre junto al presupuesto del Ayuntamiento, deberá ser abonada por los titulares de alrededor de 1,7 millones de inmuebles, quedando no sujetos a su pago los garajes y trasteros asociados a una vivienda, además de los solares y edificios en estado de ruina. La notificación de este nuevo tributo municipal se hará efectiva de manera individual y certificada a cada uno de los propietarios de estos inmuebles en el segundo semestre del año. Una vez recibida la notificación, el titular contará con un plazo amplio para abonar la misma.
Reducciones en el pago de la tasa
El Ayuntamiento de Madrid ha incluido en la nueva tasa una reducción en la cuota a las familias numerosas similar a la que existe en el IBI, que tendrá en cuenta el valor catastral de la vivienda y la categoría del título de familia numerosa. La reducción se aplicará de oficio en aquellos casos en los que el contribuyente sea el propietario de la vivienda.
En el caso de que la familia numerosa sea la inquilina de la vivienda o cuente con un título de familia numerosa expedido en otra comunidad autónoma, la reducción deberá solicitarse antes del 1 de marzo del año en el que se pretende que produzca efectos y se mantendrá hasta que se pierda la condición de familia numerosa o cambien las circunstancias que motivaron su concesión.
Además de la reducción en la cuota a las familias numerosas, se ha incluido para las personas en situación de vulnerabilidad y todos los perceptores del Ingreso Mínimo Vital y la Renta Mínima de Inserción una reducción del 100 % del pago de la cuota.
Igualmente, las viviendas vacías y los locales en los que no se desarrolle actividad alguna solo abonarán la tarifa básica de la tasa, por lo que deberán acreditar tal circunstancia para la aplicación de la reducción.
Agilizar y facilitar el trámite
El Ayuntamiento de Madrid, con la finalidad de agilizar y facilitar el trámite a los ciudadanos, ha habilitado en la web www.madrid.es un apartado específico sobre esta nueva tasa, donde poder informarse sobre la Tasa de Generación de Residuos (TGR) y solicitar las reducciones de la cuota en el pago en el enlace Reducciones y supuestos de no sujeción. Asimismo, podrán hacerlo a través del teléfono 010 y de las cinco oficinas de atención al contribuyente de la capital.
Desde la aprobación de esta nueva tasa impuesta a todos los ayuntamientos de España por el Gobierno central, el Ayuntamiento de Madrid ha mantenido una comunicación permanente con las asociaciones de familias numerosas para informarles de las reducciones establecidas para este colectivo. Asimismo, el Área de Políticas Sociales, Familia e Igualdad ha informado a través de los servicios sociales de los distritos de la reducción del 100 % de la cuota para las personas perceptoras del Ingreso Mínimo Vital o la Renta Mínima de Inserción.