La Audiencia de Madrid juzga este miércoles a un acusado de ofrecer los servicios sexuales de su hija menor por dinero

Gacetín Madrid

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid juzga desde este miércoles, 14 de julio, a un hombre, J. I. M. L., y a su pareja, M. A. P., por un delito de prostitución y explotación sexual, corrupción de menores de edad. El representante del Ministerio Público sostiene que el acusado ofreció los servicios sexuales de su hija menor de edad a cambio de dinero, por lo que pide 10 años de prisión para J. I. M. L. y otros 9 para M. A. P..

Según la Fiscalía, la pareja se puso de acuerdo para insertar desde el 26 de junio de 2017 y durante dos meses en la página web Pasiom.com un anuncio en el que ofrecían los servicios sexuales a cambio de dinero de la hija del acusado, una menor de 15 años de edad. Ambos se prevalieron de su relación de parentesco dado que J. I . M. L. era el único progenitor de la joven y la segunda pareja sentimental de su padre.

La idea era que tanto M. A. P. como la menor ejercieran la prostitución en una habitación alquilada en una vivienda de Torrejón propiedad de los otros dos acusados: D. P. B. y A. S. R., para quienes el fiscal solicita una pena de cinco años de prisión por el mismo delito. Así, el 28 de julio de 2017 M. A. P. y la menor suscribieron un contrato verbal de arrendamiento de dicha  habitación “a sabiendas” de que en la misma iban a ejercer la prostitución tanto la acusada como la menor. Esta circunstancia no fue óbice para alquilar la habitación sino que determinó un suplemento en el precio “pactando una renta de 150 euros semanales”.

El escrito de acusación subraya que los propietarios de la vivienda tuvieron “pleno” conocimiento cuando alquilaron la habitación de que la mujer conocida como “Luna” era menor de edad. Tanto M. A. P. como la joven estuvieron en el interior de la vivienda desde el día 28 de julio de 2017 hasta el día 3 de agosto de 2017, periodo en la que diariamente prestaron servicios de contenido sexual a cambio de dinero.

Estos servicios se efectuaban previo conocimiento de J. I. M. L., “quién había acordado que se quedaría en un parque de las inmediaciones supervisando el desempeño de los servicios”. A tal fin, el procesado era avisado por M. A. P. en el momento en que se iba a recibir un cliente,  y procedía a vigilar y observar toda la operación para después de finalizado el servicio, reunirse con ambas en un parque de las inmediaciones.

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