La multa «básica» por no portar la mascarilla en la ciudad de Madrid a partir de este jueves será de 100 euros. Así lo ha indicado el alcalde de la capital, José Luis Martínez-Almeida, durante la rueda de prensa tras la Junta de Gobierno del Ayuntamiento.
Aunque la obligatoriedad de la mascarilla es impuesta por la Comunidad de Madrid, al igual que ocurrió bajo el Estado de Alarma que era de imposición estatal, son los ayuntamientos los encargados de vigilar por el cumplimiento de las normas y aplicar las correspondientes sanciones.
En el caso de Madrid, se podrá sancionar bajo la ley de Salud Pública, y aunque las sanciones por no portar la mascarilla son similares a las de incumplir las restricciones de movilidad cuando estaba vigente el Estado de Alarma (entre los 600 y los 30.000 euros), la sanción básica será de solo 100 euros «teniendo en cuenta además que no existe un acceso universal a las mismas». Dicha cantidad se verá incrementada en el caso de reincidencia o intencionalidad.
Díaz Ayuso anunció este miércoles, durante la presentación de la ‘Estrategia frente al COVID-19 para que Madrid no se pare’, la modificación de la Orden 668/2020 de la Consejería de Sanidad, por la cual se amplía el uso de la mascarilla, sin válvula, de manera obligatoria en todos los supuestos.
Esto es, a partir de este jueves será obligatorio el uso de mascarilla en la vía pública, en espacio al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad.
Se exceptúa del uso de mascarilla a los menores de seis años, las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla, y aquellas que, por situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su uso.
Tampoco será obligatoria para practicar deporte al aire libre, exclusivamente durante la realización de la práctica deportiva; o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de mascarilla resulte incompatible, como durante el consumo de bebidas y alimentos. No se exigirá en los espacios de la naturaleza o al aire libre fuera de núcleos de población, siempre y cuando la afluencia de las personas permita mantener la distancia interpersonal de seguridad.
3 comments
Me parece muy mal señor Almeida tanto la imposición como la sanción.
La imposición de mascarillas al aire libre vulnera la libertad y derechos humanos.
Según la OMS, el uso indiscriminado de mascarillas puede ser más perjudicial que preventivo.
Sección la OMS el uso de mascarillas es recomendable y obligatorio para médicos y sanitarios que están ejerciendo su labor en centros sanitarios.
Para el público en general no es recomendable su uso si no tiene síntomas.
De ser obligatorio el uso de mascarillas tendrían que ser gratuitas.
De no ser así seguramente se utilizaran más de una vez, dejando ser efectivas. Esto sería muy peligroso para la salud.
Me parece un abuso de poder y atenta contra nuestra salud, ya lo dice la OMS y lo sabéis.
Si esto aplica para todos incluido en los trabajos, espero que los periodistas, tertulianos, y demás presentadores de las televisiones, APAREZCAN CON MASCARILLA TAMBIÉN, AQUÍ TOOOOOODOS IGUALES. Veremos si salen dando las noticias con el bozal. Éstos, estarían en sus trabajos, en lugar cerrado, etc y por tanto TAMBIÉN ESTÁN OBLIGADOS.De no ser así, yo también tengo el derecho a no usar la mascarilla, y en mi defensa presentar como prueba vídeos donde se vea a los trabajadores, presentadores, etc SIN MASCARILLA.
Ya sabemos que obligais a máscarilla, porque es una condición para recibir el dinero de Europa.
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