Madrid actualiza su reglamento de participación para «adaptarse a la realidad asociativa de la ciudad»

Gacetín Madrid
  • La Junta de Gobierno ha aprobado el proyecto inicial de modificación del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana para «adaptarse a la transformación del movimiento asociativo a propuesta del Consejo Sectorial de Asociaciones».
  • Se crea un censo abierto a la incorporación de las fundaciones y de colectivos con o sin personalidad jurídica, que recibirán un tratamiento diferenciado y diferente acceso a los recursos públicos.
  • Además se ha aprobado el proyecto inicial de un nuevo reglamento del Consejo Sectorial de Asociaciones que contempla la creación, en un plazo máximo de seis meses a partir de su entrada en vigor, de la escuela de formación y capacitación del sector asociativo.

El Ayuntamiento de Madrid está desarrollando un proyecto de cooperación público-social sentando las bases para poder incorporar a la ciudadanía activa que trabaja en entidades y colectivos ciudadanos.

Para ello, la Junta de Gobierno ha aprobado este jueves, 15 de febrero, el proyecto inicial de modificación del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid para crear el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos, en el que tendrán cabida, como novedad, fundaciones y colectivos, con o sin personalidad jurídica. También se permitirá la posibilidad de declarar de interés público municipal iniciativas, actividades y proyectos concretos.

La modificación del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana tiene su origen en una propuesta surgida en el Consejo Sectorial de Asociaciones, órgano municipal de trabajo con el tejido asociativo de la ciudad, creado el 24 de marzo de 2010 en el que hay, asimismo, representación de la Federación Madrileña de Municipios, del Ministerio del Interior y de la Comunidad de Madrid con el objeto de «abrir el Censo Municipal a otras expresiones de la ciudadanía organizada que trabaja de forma cotidiana y, sin ánimo de lucro, para mejorar las condiciones de vida de la ciudadanía madrileña». Posteriormente, la iniciativa de modificar el reglamento se elevó a consulta pública en noviembre del pasado año.

Tres secciones para incorporar diferentes tipologías de asociacionismo

Con el proyecto inicial de modificación del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana aprobado por la Junta de Gobierno se crea el Censo de Entidades y Colectivos Ciudadanos, que se conformará con tres secciones: una primera para asociaciones, federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones de base, una segunda para fundaciones y una tercera para otros colectivos, con o sin personalidad jurídica, que deberán aportar para su inscripción información para poder conocer e identificar a las personas que integran el colectivo, sus representantes, fines y dirección a efectos de notificaciones.

Cada una de las secciones establecerá un nivel diferenciado de acceso a recursos y posibilidades de interacción con el Ayuntamiento de Madrid. Todas las entidades inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos podrán:

  • recibir formación, capacitación y asesoramiento por parte de la administración municipal;
  • participar en espacios de encuentro organizados por la administración;
  • utilizar de forma puntual espacios públicos y utilizar recursos materiales del Ayuntamiento;
  • ser beneficiarias de bonificaciones o exenciones de tasas para la realización de actividades no lucrativas en el espacio público.

Además, las entidades de la sección primera (asociaciones, federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones de base) podrán ser cesionarias de uso de inmuebles municipales y podrán percibir subvenciones.

La modificación aprobada regula la declaración de interés público municipal, que sustituye a la anterior declaración de utilidad pública, y de la que se diferencia en que además de entidades, esta declaración, podrán obtenerla iniciativas, actividades y proyectos concretos que tengan por objeto promover el interés general y se trate de iniciativas o proyectos de carácter cívico, educativo, científico, cultural, deportivo, de promoción de los derechos humanos, etc.; que resulte de interés público y social para la ciudadanía de Madrid, conforme a criterios cuantitativos y cualitativos y que se garantice, por parte de la entidad o colectivo promotor, que para el desarrollo de la iniciativa o proyecto se cuenta con los medios personales y materiales adecuados.

Un Consejo sectorial de asociaciones y otras entidades ciudadanas adaptado a la realidad asociativa de Madrid

La nueva organización del Consejo Sectorial, que pasa a denominarse Consejo sectorial de asociaciones y otras entidades ciudadanas, se basa en la existencia de dos órganos, el Pleno, de carácter deliberativo, y la Comisión Permanente como órgano ejecutivo, a lo que se añade la posibilidad de que el Pleno del Consejo cree comisiones sectoriales de carácter permanente y grupos de trabajo temporales para el estudio y propuesta de temas concretos de su competencia.

Una escuela de formación y capacitación permanente para el tejido asociativo

Se contempla en el nuevo reglamento que en un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor del mismo el Pleno proceda a la creación de la escuela de formación y capacitación del sector asociativo como órgano de asesoramiento y participación en materia de formación y de impartición de acciones formativas y de capacitación destinadas al sector asociativo de la ciudad de Madrid.

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