El Ayuntamiento de Madrid recurre al TSJM la suspensión cautelar de 275 millones de euros en inversiones

Gacetín Madrid

El recurso propone el alzamiento total de las medidas cautelares o, en su defecto, que se alce parcialmente y se permita una caución sustitutoria para parte de los créditos afectados.

El Ayuntamiento de Madrid ha presentado recurso de reposición al auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en el que se acuerdan medidas cautelares para los acuerdos de crédito de 275 millones destinados a Inversiones Financieramente Sostenibles. Se propone el alzamiento total de las medidas o, en su defecto, la aplicación de una caución sustitutoria para una parte de los créditos afectados.

Si se mantienen las medidas cautelares, se produciría la pérdida del objeto del proceso, explica el recurso. “La adopción de las medidas cautelares solicitadas por la Delegación del Gobierno produciría en este proceso un resultado totalmente ajeno al que les reconoce la ley procesal, porque no tendrían un efecto provisional o cautelar, sino definiativo e inexorable”, explica.

Las Inversiones Financieramente Sostenibles, como determina la ley, se realizan con cargo al remanente de tesorería del año anterior y deben ejecutarse en el año en curso, en este caso 2017. Si quedan suspendidas por las medidas cautelares hasta que se dicte sentencia habrá pasado ese año y por tanto sería jurídicamente imposible realizarlas.

Esto quiere decir, en consecuencia, que el TSJM quiere evitar en su auto entrar al fondo del asunto pero las medidas cautelares provocarían la pérdida del objeto del proceso.

El recurso del Ayuntamiento de Madrid considera que las dos razones por las que el TSJM acordó medidas cautelares carecen de virtualidad jurídica.

Uno de los argumentos del TSJM es la prevalencia del interés general del conjunto del Estado en materia de estabilidad presupuestaria y cumplimiento de los compromisos con la Unión Europea. Pero no es cierto que el incumplimiento de la regla de gasto pueda comprometer el interés general de España, argumenta el recurso del Ayuntamiento de Madrid. “La normativa europea no establece ninguna consecuencia directa por el incumplimiento de la regla de gasto (a diferencia de lo que sucede con el déficit)”.

Con sus más de 1.000 millones de superávit “la situación presupuestaria del Ayuntamiento de Madrid no sólo es irreprochable, sino que se puede decir que es absolutamente ejemplar” de cara a la legislación europea.

En todo caso, recuerda el recurso, los créditos afectados por las medidas cautelares ni siquiera afectan al cálculo de la regla de gasto, puesto que se hacen con cargo a remanente de tesorería del ejercicio anterior que no incrementa el gasto computable.

También carece de fundamento jurídico-económico la aplicación que del principio de anualidad presupuestaria que el auto del TSJM recoge como argumento para la aplicación de medidas cautelares. “No se está comprometiendo crédito del presupuesto de 2017, sino que se está utilizando el remanente líquido de tesorería existente del año 2016”, subraya.

Alzamiento o caución sustitutoria

El recurso, que aporta documentación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) y del propio Ministerio de Hacienda y Función Pública, propone el alzamiento de las medidas cautelares para los 275 millones de Inversiones Financieramente Sostenibles afectados.

En su defecto, el Ayuntamiento de Madrid solicita un alzamiento parcial para los 127 millones que se encuentran en un grado de ejecución avanzado o completo y una caución sustitutoria para los 15 millones de IFS que se corresponden con créditos ya autorizados. Esa caución se financiaría con cargo al Presupuesto de 2018.

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