- Hoy sábado continúa la prohibición de aparcar en el SER para los no residentes
- El Ayuntamiento recomienda la utilización del transporte público y el vehículo compartido
- Se informará a los ciudadanos a través de web municipal, paneles informativos de tráfico y DGT, CRTM/EMT, gabinete de tráfico, Emergencias Madrid y redes sociales
- La velocidad en la M-30 y en las vías de acceso a Madrid dentro de la M40, en ambos sentidos, continuará limitada a 70 kilómetros por hora
- La previsión meteorológica de AEMET para los próximos días está disponible en http://bit.ly/18WCGZn
El Ayuntamiento de Madrid mantendrá activado el Protocolo de medidas por alta contaminación de dióxido de nitrógeno (NO2) este domingo tras registrarse altos niveles de NO2 durante la noche del 13 de octubre, pero se desactivará el escenario 2. Así, mañana domingo, 15 de octubre, estará vigente el escenario 1, es decir: la velocidad de circulación en la M-30 y en las vías de acceso a la ciudad en el interior de la M-40, en ambos sentidos, se limita a 70 kilómetros por hora.
El Protocolo contempla aplicar el escenario 1 si se mantiene la situación meteorológica desfavorable y las concentraciones de NO2 siguen siendo altas aun sin llegar a preaviso.
Hoy sábado continúa activado activa la prohibición de aparcar en la Zona de Estacionamiento Regulado (SER) para los no residentes en el horario de este servicio, es decir, de 9.00 a 15 horas, medida contemplada en el escenario 2 activo desde el pasado viernes, 13 de octubre. Las ‘apps’ y los parquímetros informan desde entonces en sus pantallas de la prohibición de aparcar en la zona SER y no se expenden tiques.
El Ayuntamiento de Madrid recomienda la utilización del transporte público y, para aquellas personas que necesiten desplazarse en vehículo privado, el uso compartido de dichos vehículos. Según AEMET, la previsión meteorológica indica que la situación de estabilidad se va a mantener durante las próximas horas y se pueden volver a registrar niveles elevados de NO2.
La delegada de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés, firmó el decreto que permite poner en marcha las medidas de restricciones de aparcamiento y circulación en la almendra central, en aplicación del Protocolo de medidas por alta contaminación de dióxido de nitrógeno.
Antes de las 12 horas de mañana domingo, se informará a la ciudadanía de las medidas que deberán aplicarse el lunes, en el caso de que la previsión meteorológica desfavorable se mantenga y los niveles de contaminación continúen altos.
Información
Los ciudadanos estarán informados de las restricciones al tráfico y aparcamiento a través de la web municipal, paneles informativos de tráfico y DGT, CRTM/EMT, gabinete de tráfico, Emergencias Madrid, sitio web www.madrid.es y redes sociales. Además, se informará a través del sistema de Alertas de Salud Ambiental.
Links de consulta:
• www.madrid.es/contaminacion
• Texto completo del Protocolo: http://bit.ly/2dSlwqA
• Datos horarios de las 24 estaciones de medición http://bit.ly/1GuBAqn
• Previsiones meteorológicas AEMET para Madrid: http://bit.ly/18WCGZn
• Alternativas de movilidad para la ciudadanía http://bit.ly/2fAPHD0
Excepciones a la prohibición de estacionar en las plazas y horario del SER:
• Titulares de una autorización del SER como residente, exclusivamente en su correspondiente barrio y plazas.
• Los titulares de una autorización de Comerciales e Industriales del SER6.
• Los vehículos que no sean de combustión interna: eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directas nulas, así como vehículos eléctricos enchufables y vehículos eléctricos de rango extendido, siempre que hayan obtenido la correspondiente autorización otorgada por el Ayuntamiento de Madrid.
• Los vehículos estacionados en zonas reservadas para su categoría o actividad (mudanzas, vehículos diplomáticos en sus reservas específicas, coches oficiales, etc).
• Los taxis que estén en servicio y su conductor esté presente y los vehículos de alquiler de servicio público con conductor, en idénticas condiciones.
• Los vehículos destinados al transporte de personas de movilidad reducida en los que se exhiba la autorización especial correspondiente, con sujeción a las prescripciones y límites establecidos en la autorización especial y siempre que se esté transportando al titular de dicha autorización.
• Servicios esenciales: vehículos de extinción de incendios, salvamento y protección civil, fuerzas y cuerpos de seguridad, agentes de movilidad, ambulancias y vehículos de asistencia sanitaria pública y privada, gestión semafórica y, en general, los que sean precisos para la prestación de servicios públicos básicos (electricidad, agua, gas y telefonía).
• Unidades móviles de producción y retransmisión audiovisual.