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La Comunidad de Madrid se personará en procedimientos penales por delitos de odio

Gacetín Madrid 13 diciembre, 2016
13 diciembre, 2016
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La Comunidad de Madrid se personará como acusación particular en los procedimientos penales instados por acciones de incitación al odio, según recoge el proyecto de Ley sobre la Igualdad de Trato y la Protección contra las Acciones de Incitación al Odio, la Discriminación y la Intolerancia, que ha sido aprobado hoy por el Consejo de Gobierno. Este nuevo proyecto de ley se convierte en la primera norma autonómica específica sobre esta materia.

La Comunidad, que podrá personarse en calidad de parte perjudicada civilmente, expresando su atención y apoyo a las víctimas, reafirma de esta manera su compromiso con los derechos humanos y las libertades fundamentales, y consolida legislativamente el derecho a la igualdad de trato y el respeto de la dignidad de la persona frente a comportamientos discriminatorios. Antes de su aprobación, el informe del proyecto de ley fue publicado durante quince días en el Portal de Transparencia de la Comunidad para su conocimiento por parte de los ciudadanos.

Según fuentes regionales, «el objetivo de la ley es luchar contra cualquier forma de discriminación, acto de intolerancia y acción que incite al odio, sin distinción alguna por razón de nacimiento; origen racial, social o étnico; sexo; religión; convicción u opinión política o de cualquier otra naturaleza; cultural; idioma; edad; discapacidad; orientación o identidad sexual; enfermedad; condición de migrante, refugiado o desplazado; característica genética; situación económica; o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».




La nueva norma, «que protege a las víctimas combinando el enfoque preventivo con el reparador, se aplicará en los ámbitos de educación, sanidad, servicios sociales, empleo, acceso a bienes y servicios, deporte, cultura, acceso a espacios públicos, medios de comunicación y redes sociales». Así, cuando la Comunidad tenga conocimiento de un supuesto caso de discriminación, intolerancia o acciones que puedan incitar al odio, «pondrá en marcha el correspondiente procedimiento sancionador».

Las infracciones podrán ser leves, con multas de hasta 3.000 euros; graves, de entre 3.001 y 20.000; y muy graves, desde 20.001 hasta 45.000. El grado dependerá de los daños causados, la permanencia de las repercusiones, el número de personas afectadas, la intencionalidad del infractor y la reincidencia. La ley recoge también la creación de un Observatorio para la Igualdad de Trato y la Protección de la Dignidad de la Persona.

Protocolo de atención a las víctimas
En cuanto al Protocolo de Atención a las Víctimas, contemplará una atención especializada y multidisciplinar para las víctimas. La Comunidad «les prestará una atención integral que comprenderá el asesoramiento, la asistencia (en especial la sanitaria) y las medidas sociales tendentes a facilitar su recuperación integral. Además, se creará un punto de información, que será coordinado por la Oficina de Atención al Ciudadano, para realizar una atención integral y personalizada, y se establecerán convenios o programas con entidades sociales especializadas para atender a las víctimas».

 

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