El Ayuntamiento de Madrid ha activado desde el pasado domingo, 1 de enero, una nueva restricción al tráfico rodado más contaminante: los turismos con clasificación ambiental A que no estén empadronados ni abonen el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en la capital no podrán circular por la M-30.
Sin embargo, las cámaras de videovigilancia que sancionarán dichos accesos indebidos serán instaladas en el mes de abril. Mientras se instalan dichas cámaras y durante el periodo de dos meses de aviso una vez establecidas se establecerá un operativo de vigilancia especial formado por agentes de movilidad para garantizar el cumplimiento de la normativa en M-30 y su interior.
Los efectivos se situarán en puestos aleatorios y se sancionará como infracción grave de tráfico con multa de 200 euros, conforme a lo previsto en los artículos 18, 76.z3 y 80.1 (100 euros si es por pronto pago). Esta medida se suma a la implantada el pasado 1 de enero de 2022 que limita el acceso y la circulación a esta tipología de coches por el interior de la vía de circunvalación M-30.
Calendario de implantación
A continuación se detalla el calendario de implantación de restricciones para los vehículos turismo con clasificación ambiental A de las categorías por criterio de utilización 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno), que a fecha 1 de enero de 2022 no cumplan los requisitos de encontrarse domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figurar de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid, o que habiéndolos cumplido dejen de hacerlo en un momento posterior:
- Desde el 1 de enero de 2022, tienen prohibido el acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
- Desde el 1 de enero de 2023, tienen prohibido el acceso y circulación a estos mismos turismos por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30.
- Desde el 1 de enero de 2024, quedará prohibido su acceso y su circulación por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid a los vehículos mencionados.
- Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición de 2024 se extiende también para los turismos A domiciliados en Madrid y que figuren de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid. Desde esta fecha, tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores) que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tenían restricciones.
Así, todo el término municipal se convertirá progresivamente en zona de bajas emisiones (Madrid ZBE), conviviendo con las dos ZBE de Especial Protección que están en vigor, Distrito Centro y Plaza Elíptica, que cuentan con unos criterios de acceso más restrictivos.