- La Ordenanza de Simplificación de Trámites Urbanísticos aúna en un único texto las dos normas que existen en la actualidad para obtener licencias.
- Con esta normativa se reducen los plazos para la obtención de permisos y se crean nuevos mecanismos para actuar de forma más eficaz en materia de disciplina urbanística.
- Permitirá la implantación de actividades temporales en establecimientos, siempre que cumplan los requisitos ambientales y de seguridad.
- La ordenanza reduce un 40 % el número de artículos que regulan las licencias en Madrid y aporta un mayor dinamismo a la ciudad.
El Área de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Madrid ha terminado de redactar el texto de la nueva Ordenanza de Simplificación de Trámites Urbanísticos (OSTUM) que va a revolucionar la forma en la que la administración se relaciona con los ciudadanos, según ha anunciado la vicealcaldesa, Begoña Villacís, tras la Junta de Gobierno en la que el delegado del Área, Mariano Fuentes, ha presentado las principales novedades de la normativa.
Se trata de una ordenanza que aúna en un único texto las dos que existen en la actualidad para la obtención de licencias, la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas (OMTLU) y la Ordenanza de Apertura de Actividades Económicas (OAAE), pero no se limita a refundirlas, sino que propone un nuevo marco normativo que ofrece seguridad jurídica, proporcionalidad de los procedimientos en relación con las diversas actuaciones urbanísticas y que acorta los tiempos de tramitación.
El nuevo texto reduce casi en un 40% el volumen de artículos que regulan las licencias en Madrid, pasando de los 136 actuales a 87, lo que la convierte en una normativa más concisa y sencilla.
La ordenanza, que entra ahora en la fase de solicitud de los informes internos, incorpora las propuestas de todos los agentes involucrados en la gestión de las licencias y declaraciones responsables, elimina muchos trámites innecesarios que ahora alargan los procesos y apuesta por la implantación definitiva de la tramitación telemática.
El impulso a esta ordenanza es, además, una de las medidas incluidas en el Plan de Choque de agilización de licencias del Área de Desarrollo Urbano para ayudar a la recuperación de la ciudad tras la crisis sanitaria por COVID-19.
Exposiciones temporales
Con la nueva norma se permitirán actividades temporales en locales, siempre que cumplan con los requisitos ambientales y de seguridad. Así, los establecimientos que lo deseen podrán albergar exposiciones u otras actividades económicas o culturales de forma temporal, algo que hasta ahora no tenía cabida en las ordenanzas. Esto supondrá “más actividad y, por tanto, más dinamismo, más empleo y más riqueza para Madrid”, según ha destacado la vicealcaldesa.
Otra novedad es que con un informe de viabilidad urbanística básica, que cumpla una serie de criterios claros, se facilita que en el plazo de un mes el interesado ya pueda empezar la obra. Además, se define mejor el objeto de las declaraciones responsables y el ámbito de actuación de las entidades colaboradoras urbanísticas (ECU).
Disciplina urbanística
Los mecanismos de disciplina urbanística existentes a día de hoy, regulados por diversas normas, se han demostrado poco eficaces para determinadas situaciones. Por eso, la nueva ordenanza crea novedosos mecanismos para dar cobertura normativa a las actuaciones de disciplina.
Así, crea un nuevo procedimiento para cesar actividades sin licencia o sin declaración responsable y también para poder revocar licencias de actividad y funcionamiento si se incumplen los requisitos en los que fueron concedidas. También intenta dar mayor agilidad a la subsanación de deficiencias.
Como aspecto reseñable, introduce la mediación administrativa para facilitar la obtención de un acuerdo entre denunciante y denunciado con el fin de reducir la conflictividad entre las partes y dar cumplimiento efectivo a la legalidad urbanística.