- Este colectivo exige que entre en vigor de manera inmediata el acuerdo de 2012 que permite su asimilación en el régimen general de la Seguridad Social.
- El Gobierno de Ahora Madrid presenta en el Pleno una moción de urgencia para que el Ayuntamiento apoye públicamente el acuerdo de 2012 para equiparar los derechos de las empleadas de hogar con el régimen general de la Seguridad Social.
- Su entrada en vigor estaba prevista para el próximo 1 de enero de 2019, pero el Partido Popular presentó una enmienda que retrasa este derecho.
El Gobierno municipal de Ahora Madrid ha presentado en la sesión plenaria celebrada hoy miércoles 27 de junio, una moción de urgencia solicitando que el Ayuntamiento apoye públicamente la equiparación de derechos de las empleadas de hogar con el régimen general de la Seguridad Social.
Esta asimilación en el régimen general, acordada en 2012, se encuentra retrasada hasta enero de 2024 con la aprobación en el Congreso de una enmienda del Partido Popular a los Presupuestos Generales del Estado. Todos los grupos políticos del Ayuntamiento de Madrid, a excepción del Partido Popular, han votado a favor de la propuesta.
La enmienda tiene un número, el 6777, y su aplicación supone, en palabras de la delegada del Área de Políticas de Género y Diversidad Celia Mayer, “un castigo y una restricción de los derechos de uno de los colectivos más vulnerables del país”. En España, trabajan en el servicio doméstico más de 600.000 personas, de ellas, un 30% no tienen contrato laboral y el 96% son mujeres.
Sin paro y con despido libre
La aprobación de la enmienda 6777 no solo aplaza la equiparación de las cotizaciones a la Seguridad Social, sino que mantiene a este colectivo cobrando por debajo de los salarios reales. Ello conlleva un perjuicio para sus jubilaciones futuras y para las prestaciones contributivas de estas trabajadoras y trabajadores.
Retrasa, además, el reconocimiento de sus derechos, unos derechos que históricamente han sido discriminatorios e invisibilizados. Hoy en día no tienen reconocido el derecho a la prestación por desempleo, el despido es prácticamente libre y no está habilitada la fórmula para que inspección de trabajo pueda hacer su función en relación con este colectivo.