- Así lo establece una reciente resolución del Consorcio Regional de Transportes de Madrid.
- Se les exime de esta obligación, pero tendrán que llevar siempre consigo un título de transporte válido.
- Una resolución de 2015 eximía a estos viajeros de validad sus billetes solo en los casos en los que los autobuses no tuvieran máquinas validadoras en los espacios reservadas para ellas. Con la nueva medida se asegura íntegramente el derecho a la movilidad estas personas.
Las personas usuarias de autobús que van en silla de ruedas y tienen alguna discapacidad o limitaciones motoras en manos o brazos no tendrán la obligación de validar su título de transporte a bordo de los autobuses de la EMT. Una reciente resolución del Consorcio Regional de Transportes de Madrid exime a estos viajeros de utilizar las máquinas canceladoras instaladas en la plataforma central de los autobuses urbanos cuando estas personas estén afectadas de limitaciones para la movilidad en sus extremidades superiores.
No obstante, la EMT recuerda tanto a estos usuarios que acceden a los transportes en silla de ruedas, como al resto de viajeros, que siempre deben llevar consigo un título de transporte válido.
En julio de 2015 se aprobó una resolución del Consorcio Regional de Transportes de Madrid que eximía a los viajeros en silla de ruedas de la obligatoriedad de validar su billete solo en aquellos casos en los que el autobús no dispusiera de validadoras ubicadas en los espacios reservados para ellos. La existencia de estas validadoras en la plataforma central de los autobuses municipales resolvía el problema para buena parte de viajeros que acceden en silla de ruedas.
De forma complementaria, la nueva Resolución viene ahora a solventar el problema de muchos usuarios en silla de ruedas que carecen de movilidad en manos o brazos de manera parcial o total. De esta manera, se asegura íntegramente el derecho a la movilidad que tiene este colectivo de personas a bordo del transporte público madrileño.