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Madrid podrá levantar el toque de queda nocturno después del 9 de noviembre

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El Consejo de Ministros extraordinario convocado esta mañana de domingo, 25 de octubre, ha aprobado un nuevo Estado de Alarma en todo el país, que entra en vigor esta misma noche, con el fin de limitar la expansión descontrolada del coronavirus y que se prolongará durante los próximos 6 meses, hasta el 9 de mayo, si el Congreso lo aprueba.

El Estado de Alarma aprobado este domingo decreta un toque de queda obligatorio para todo el país desde las 11 de la noche hasta las 6 de la mañana. Los presidentes autonómicos serán la autoridad competente encargada de aplicar dicho Estado de Alarma y podrán retrasar o adelantar el inicio y el fin del toque de queda nocturno una hora máximo (su inicio entre las 22:00 y las 00:00 horas y su fin entre las 05:00 y las 07:00 horas), pero no suprimirlo. En el caso de la Comunidad de Madrid el horario será de 12 de la noche a 6 de la mañana.

En ese periodo, solo será posible la circulación por causas justificadas como la adquisición de medicamentos, cumplimiento de obligaciones laborales, cuidado de mayores o menores de edad y regreso al domicilio. El período de implantación de dicho confinamiento nocturno será obligatorio en 15 días.

Posteriormente tras esos 15 días (9 de noviembre) el Gobierno deberá someter a votación en el Congreso su prórroga. A partir de entonces, y si se aprueba dicha prórroga, las comunidades autónomas podrán levantar este toque de queda nocturno, siempre que la evolución de la situación epidemiológica en el territorio correspondiente sea positiva y lo permita.

Es decir, después del 9 de noviembre, el Gobierno de la Comunidad de Madrid tendrá la potestad de decidir sobre este asunto, pudiendo también aplicar confinamientos y otro tipo de restricciones en sus territorios o en parte de ellos, tal y como ya está llevando a cabo en 32 zonas básicas de salud.

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