Este lunes, 18 de mayo, da comienzo la fase intermedia entre la Fase 0 y la Fase 1, que se ha denominado por parte de las autoridades regionales como ‘Fase 0,5’ de la desescalada en la Comunidad de Madrid, que se alargaría al menos una semana el 25 de mayo y contempla la relajación de las medidas sanitarias y de higiene establecidas con el fin de evitar la propagación de la pandemia del coronavirus COVID-19.
Comercio minorista y servicios (como librerías, ferreterías, talleres o peluquerías)
– Se permite la apertura de locales y establecimientos de hasta 400 metros cuadrados sin cita previa para la atención individual de los clientes, con el ratio de un cliente por trabajador, con un aforo máximo del 30%.
– Estos locales deberán contar con mostrador, mampara o, cuando esto no sea posible, garantizar el máximo de protección individual.
– Se establecerá un horario de atención preferente para personas mayores de 65 años.
– Cuando el servicio profesional requiera tener contacto con el cliente será obligatorio el uso demedidas de protección como mascarilla o guantes.
– Apertura de los mercadillos al aire libre con distanciamiento especial entre los diferentes puestos de venta y con control de flujo de personas.
– Reapertura de las administraciones de lotería siempre y cuando no estén dentro de un centro comercial. Se reactivarán también los sorteos: los primeros el Euromillones y la Primitiva, del 18 al 24 de mayo.
Restaurantes, bares y cafeterías
– Apertura de restaurantes y cafeterías con entrega para llevar tras haberse realizado el pedido por Internet o teléfono. Sin consumo en el local.
– Aún no se podrían abrir las terrazas.
Hoteles y alojamientos turísticos
– No se permite actividad salvo excepciones ya reguladas.
Fisioterapia y centros de estética
– Será obligatorio el uso de equipos de protección individual (EPIs) y mantener una distancia mínima de dos metros entre los clientes.
Velatorios y entierros
– Se permitirían los velatorios y entierros con límite de 10 personas en espacios cerrados y 15 en el caso de que se hagan al aire libre.
Cultura y ocio
– Se contempla la apertura de archivos.
– Sus servicios serán preferentemente por vía telemática, no obstante, cuando sea absolutamente imprescindible, los ciudadanos podrán solicitar la consulta presencial con cita previa.
– Las solicitudes de documentación podrán alcanzar hasta un máximo de 25 unidades cuando sean consultas telemáticas y, 10 unidades, cuando sean consultas presenciales, en ambos casos por cada jornada de trabajo.
– Las solicitudes se registrarán y atenderán por orden de recepción, aunque tendrán preferencia las peticiones de información y las copias de documentos que deban aportarse en procedimientos administrativos y judiciales.
– Se abrirían las bibliotecas al préstamo de libros y al 33% del aforo.
– Los museos podrán acoger al 33% del aforo.
– Se podrán realizar simposios de hasta 30 personas.
Lugares de culto
– Se podrán retomar las misas con público aunque con un tercio del aforo máximo.
Paseos y deporte no profesional (de 14 a 70 años)
– De 06:00 a 10:00 horas y de 20:00 a 23:00 horas.
– Actividad deportiva sin contacto (montar en bici, correr, patinar, surf, etc.) siempre que se haga de forma individual y con la protección adecuada (distancia, mascarilla en deportes no acuáticos, cuando sea posible, etc.). Sin salir del municipio.
– Los paseos serán individuales con la compañía de tan solo otra persona con la que se conviva. Máximo a un kilómetro de distancia de la vivienda de residencia.
Niños (de 0 a 13 años)
– De 12:00 a 19:00 horas.
– Una vez al día, una hora y máximo a un kilómetro de distancia de la vivienda de residencia.
– Acompañado de un adulto. Cada adulto máximo 3 niños con los que se conviva.
Mayores de 70 años y dependientes de cualquier edad
– De 10:00 a 12:00 horas y de 19:00 a 20:00 horas.
Deporte profesional y federado
– Entrenamientos individuales de profesionales y federados. Entrenamiento básico de ligas profesionales. Actividad deportiva sin contacto.
– Los deportistas profesionales podrán hacer entrenamientos individuales al aire libre y dentro de su provincia.
– Los deportistas federados podrán hacer entrenamientos de forma individual, al aire libre, dos veces al día entre las 06:00 a 10:00 horas y de 20:00 a 23:00 horas, siempre dentro de su municipio y sin entrenadores.
– Aunque los gimnasios seguirían cerrados, las instalaciones deportivas podrían ser usadas de forma individual por deportistas profesionales.
– Se podrán abrir los centros de alto rendimiento deportivo con las medidas de higiene adecuadas.
Movilidad urbana e interurbana
– Incremento progresivo de frecuencias en el transporte público, especialmente en hora punta.
– Preparación de planes de movilidad reforzada, incluyendo gestión de la demanda.
– En la distribución de la ocupación se prestará especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.
– Obligatoriedad de uso de mascarillas que cubran nariz y boca a todos los usuarios de los servicios de transporte público y colectivo, tanto terrestre, como autobús, taxi, VTC y ferrocarril, como al transporte aéreo y marítimo.
– En los vehículos de turismo particulares podrán viajar dos personas por cada fila de asientos, siempre que usen mascarillas y respeten la máxima distancia posible entre ocupantes. Este mismo criterio será de aplicación para el transporte privado complementario realizado en vehículos de turismo, que es aquél que realizan las empresas para su personal con medios propios de transporte.
– Esta posibilidad se extiende a otros vehículos que dispongan únicamente de una fila de asientos, como cabinas de vehículos pesados, furgonetas o similares, en la que podrán viajar dos personas siempre que utilicen la correspondiente mascarilla. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor.
– Por otro lado, en los transportes públicos de viajeros realizados en vehículos de turismo, es decir, taxi y VTC, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, excepto en la del conductor, en la que sólo viajará él mismo.
Inspección Técnica de Vehículos (ITV)
El Real Decreto del Estado de Alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus COVID-19 estableció una serie de medidas que afectan a los sectores industriales, entre los que se encuentra el automovilístico.
En aplicación del artículo 10 del referido real decreto, las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en España fueron cerradas al público. Se dictó la Orden SND/325/2020, de 6 de abril, por la que se establecen criterios interpretativos y se prorroga la validez de los certificados de verificaciones y mantenimientos preventivos, la cual había establecido la prórroga automática de los certificados de inspección técnica de vehículos hasta los 30 días naturales posteriores a la finalización del Estado de Alarma y sus prórrogas.
De acuerdo con lo anterior y con el objetivo de posibilitar la realización del elevado número de inspecciones técnicas periódicas de vehículos que han quedado pendientes tras la declaración del Estado de Alarma, desde el Gobierno se ha aprobado ampliar dicha prórroga automática establecida en la Orden SND/325/2020, de 6 de abril, y adoptar medidas en relación con la cumplimentación de las tarjetas ITV.
Ante ello, se resuelve la ampliación de la prórroga de la validez del certificado de inspección técnica periódica de los vehículos. El plazo de validez cuya fecha de próxima inspección se encontrara comprendida en el periodo de vigencia del Estado de Alarma se amplía en 15 días naturales por cada semana transcurrida desde el inicio del Estado de Alarma hasta que se hubiera producido el vencimiento del certificado, conforme al siguiente cuadro:
Los anteriores periodos no se aplicarán a la validez de los certificados de inspección técnica periódica de los vehículos agrícolas destinados a labores en el campo, que será prorrogada hasta el 10 de noviembre de 2020.
En cuanto a la cumplimentación de las tarjetas ITV y certificados de inspección técnica, una vez realizadas las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos cuyos certificados hayan sido objeto de prórroga automática, se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del Estado de Alarma y de sus sucesivas prórrogas
Movilidad terrestre de media y larga distancia
– Mantenimiento de las condiciones actuales (limitación de número de servicios al 30% respecto al periodo normal).
– En la distribución de la ocupación se prestará especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.
Obras
– Permitidas las obras en viviendas y locales o en otras zonas delimitadas no habitadas, así como en las que no tengan acceso los residentes.
– Las obras que se realicen en locales, viviendas u otras zonas delimitadas del edificio no habitadas, o a las que no tengan acceso los residentes mientras duren las obras, siempre que se cumplan todas las condiciones siguientes:
a) Se limite la circulación de los trabajadores y materiales por zonas comunes no sectorizadas y se adopten todas las medidas oportunas para evitar, durante el desarrollo de la jornada, el contacto con los vecinos del inmueble.
b) El acceso y salida de esos locales, viviendas o zonas, se produzcan al inicio y a la finalización de la jornada laboral.
c) Los trabajadores adopten las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.
– Asimismo, en todos los casos exceptuados, se permite el acceso a zonas no sectorizadas del edificio, para la realización de las operaciones puntuales de conexión con las redes de servicios del edificio que sean necesarias para acometer las obras.
Laboral
– Teletrabajo preferente, en las empresas y puestos donde sea posible.
– Escalonamiento en la entrada y salida de centros de trabajo.
Servicios Sociales
– Completar la incorporación de trabajadores sociales dada su importancia en la protección de colectivos especialmente vulnerables.
Educación y universidades
– Se fomentará la educación en linea o a distancia.
– Los centros educativos podrán comenzar a desinfectar las instalaciones y a abrir sus áreas administrativas.
¿Qué no se podrá hacer aún?
– No podremos desplazarnos a segundas residencias, aunque se encuentren en la Comunidad de Madrid.
– No podremos tener reuniones de hasta 10 personas.
– No podremos visitar a un familiar o amigo ni reunirnos en una terraza.
– Los gimnasios seguirán cerados.
– Los comercios de más de 400 metros cuadrados seguirán cerados.
– La movilidad entre municipios seguirá prohibida excepto por motivos laborales.
Respuestas a algunas dudas muy comunes
Vivo en Madrid por motivos laborales, pero estoy empadronado en otra comunidad autónoma. ¿Se permite el desplazamiento a mi primera vivienda?
No se pueden realizar desplazamientos entre provincias o comunidades, salvo que se trate del retorno a la residencia habitual, pero no es posible ir a pasar el fin de semana y volver. Esto ocurrirá, salvo que se modifique posteriormente, hasta la llamada nueva normalidad.
¿Sentarte en un banco?
Por el momento en fase 0 no es posible pararse en la calle. Salir a la calle solo está permitido para los desplazamientos imprescindibles, para realizar las actividades contempladas en el Real Decreto.
En fase 1, sin embargo, ya sí que existe la posibilidad de sentarse en terrazas para tomar algo en los bares y, por tanto, también sentarse en los bancos de la calle.
Mi coche lleva mucho tiempo parado. ¿Puedo cogerlo durante las horas que se permite salir a pasear o hacer deporte?
No, ya que no es posible coger el coche para ir a hacer deporte a otro lugar. Lo que sí que se puede es aprovechar para ir a la gasolinera a poner combustible, a comprar con él, o llevarlo al taller.
En fase 1 también se podrá coger el coche para desplazarse a segundas residencias, o a casa de amigos (mientras no se superen las 10 personas), siempre y cuando estén dentro de la misma provincia.
¿Puedo llevar el coche al taller?
Durante la fase 0, se puede acudir al taller del municipio con cita previa. En la fase 1, se permite ir a cualquiera dentro de la provincia. W3r recomienda igualmente ponerse en contacto con el taller para saber si están atendiendo a clientes y solicitar cita a fin de evitar concentración de clientes en su espacio, así como conocer las medidas que ha implantando el taller para la atención al público y en materia sanitaria.
¿Puedo recoger el coche del taller? El mecánico me ha dicho que no me lo mantiene más tiempo en sus instalaciones
Al igual que es posible llevar el coche al taller, se puede ir a recogerlo. Aquí se realiza la misma recomendación, solicitar una cita también para la recogida. Además, si ya se ha realizado el pago o se debe realizar un pago por los servicios del taller, el conductor debe guardar la factura/recibo para acreditar el desplazamiento justificado.
¿Puedo ir a una tienda a comprar ropa o zapatos?
Una de las novedades de lo que ha dado en conocerse como “fase 0,5” es la apertura de locales de máximo 400 metros cuadrados sin necesidad de cita previa. Esto es idéntico en la siguiente fase.
¿Puedo ir en metro a otra parte de la ciudad?
En fase 0 sólo se podrá ir en metro a otra parte de la ciudad si es por motivos laborales.
En fase 1, al permitirse más actividades, el ciudadano podrá desplazarse en metro, siempre y cuando se sigan todas las medidas de seguridad, entre ellas, la obligatoriedad de usar mascarilla.
¿Puedo quedar a cenar en casa de unos amigos?
Hasta la fase 1 no están permitidas las reuniones de amigos, familiares. Estas reuniones deberán ser de máximo 10 personas y respetando las medidas de seguridad sanitaria.
En la nueva fase 0,5, una de las que cosas que siguen prohibidas son estas reuniones en casas o terrazas de establecimientos de hostelería.
¿Puedo visitar a mis padres?
En la fase 1 se podrá visitar a los padres, siempre y cuando vivan dentro de la misma provincia. Mientras, no
¿Puedo ir a Correos a recoger un paquete?
Sí. Se puede dado que el envío puede ser devuelto transcurrido el plazo máximo de depósito. Esto es posible en todas las fases propuestas de desescalada.
¿Y si me caduca el DNI o pasaporte?
Los DNI que caduquen durante el estado de alarma, quedarán prorrogados un año más automáticamente, hasta el 13 de marzo de 2021.
Caso distinto ocurre con el pasaporte. Si este caduca durante el estado de alarma, no se entiende prorrogado, y no se podrá renovar hasta que finalice el estado de alarma. No obstante, dentro de España tendrá valor a efectos identificativos y, excepcionalmente, aún caducado, valdrá para poder entrar en el país.
¿Y si caduca la ITV?
Si caduca la ITV del coche, no hay que preocuparse, pues están los plazos suspendidos. Se dispone de un plazo de 30 días, una vez finalice el estado de alarma, para poder pasar la misma. Las ITV ya permiten acudir a sus centros con el vehículo, pero siempre con cita previa.
¿Puedo alquilar un vehículo?
Es posible alquilar un vehículo durante el estado de alarma, pero sólo para los motivos específicamente permitidos durante la vigencia del mismo.
La lavadora ha dejado de funcionar ¿Qué hago? ¿Puedo llamar a un técnico para que venga a mi casa?
Se puede llamar a un técnico que acuda al domicilio para arreglar cualquier electrodoméstico, así como fontaneria o similares. Eso sí, se deberán cumplir las medidas de prevención sanitaria estrictamente.
¿Se puede acudir a los museos de la provincia?
Sí, el aforo está restringido, pero con las modificaciones introducidas en la fase 0, ya se puede acudir a los museos abiertos de la provincia. Lo mismo ocurre en la fase 1. Sin embargo, no están permitidos los cambios de provincia para acudir a visitar un museo.