La Fiscalía Provincial de Madrid ha remitido un escrito al titular del Juzgado de Instrucción número 25 en el que solicita el sobreseimiento provisional de una denuncia presentada contra el periodista Federico Jiménez Losantos “al no apreciarse indicios racionales suficientes” de la comisión de un delito de odio. El representante del Ministerio Público, además, precisa que las expresiones vertidas por el locutor en su programa de radio “se encuentran amparadas en la libertad de expresión”.
La denuncia interpuesta por la Asociación Liberum aludía a las manifestaciones efectuadas en el programa de radio es la mañana de Federico”, el día 20 de septiembre de 2021, por parte de su presentador y de la colaboradora I. S. C., sobre las personas que no han vacunado contra la COVID-19. «Los bebelejía son organizaciones criminales y de estafadores» o «Allá tu! Allá tú! A mí después de lo de Abascal me llaman asesino de mi plantilla por decir que se tenían que vacunar. No hombre no, los asesinos sois vosotros! Beber lejía! Beber lejía!» fueron algunas de estas manifestaciones denunciadas.
Una vez incoadas estas diligencias se tomó declaración como investigada a I. S. C., respecto a la que con posterioridad se acordó el sobreseimiento provisional, quien manifestó que habló sobre las vacunas, “dando su opinión en el uso de la libertad de expresión al considerar que la gente que opta por no vacunarse pone en peligro la salud de las personas, pero sin intención de desacreditar a nadie, ofender o menospreciar a nadie”. De la misma forma se tomó declaración como investigado a Federico Jiménez Losantos, quien afirmó que sus manifestaciones estaban descontextualizadas, ya que “solo pretendía exponer el peligro que supone para la salud de las personas la no vacunación, pero sin pretender crear animadversión u odio hacia ellos”.
Sobre este caso la Fiscalía entiende que se trata de la emisión de una opinión sobre un tema de actualidad por parte del presentador “en la que analiza, según su parecer, cómo es la situación de las personas que no se han vacunado ante el virus de la COVID-19 y las consecuencias en la población”. En este sentido añade que, de las palabras del periodista, no cabe apreciar ninguna promoción de hostilidad y discriminación frente a las personas no vacunadas, “a lo que hay que sumar que no se aprecian factores de polarización de los que se pueda inferir una humillación, desprecio o discriminación por motivos ideológicos hacia las personas que mantienen su negativa a vacunarse, encontrándonos ante una mera controversia sobre el uso de las vacunas y sus efectos”.
Descartada la concurrencia de un delito de discurso de ocio aclara, no obstante, que su postura es adoptada “sin perjuicio de que alguna de las expresiones empleadas por parte del investigado en el curso de su programa de radio puedan tener naturaleza ofensiva o vejatoria hacia las personas que han optado por no vacunarse, pudiendo acudir, en su caso, a la vía civil para ejercitar las acciones oportunas”.