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El TSJM rechaza la suspensión cautelarísima de la nueva Ordenanza de Movilidad solicitada por Vox

Gacetín Madrid

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso del TSJ de Madrid ha denegado la medida cautelar provisionalísima, solicitada por Vox, de suspensión de los acuerdos del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 13 de septiembre pasado, en los se aprobó la nueva ordenanza de regulación del tráfico en el centro de la capital.

Los magistrados toman esta decisión tras “no advertir la especial urgencia que exige el artículo 135 de la Ley jurisdiccional, presupuesto esencial habilitante (para adoptar la medida), sobre el que el recurrente tampoco hace (en su escrito) una específica y fundada consideración, al limitarse a hacer una genérica referencia a que el próximo 1 de enero de 2022 ya empiezan las restricciones contempladas en la ordenanza”.

Los jueces entienden, por tanto, que no hay especial urgencia para adoptar una medida cautelarísima (en la que no se escucha a las partes), al haber por delante tiempo suficiente para sustanciar “una pieza separada de medidas cautelares en la que se dé audiencia a la administración”, a la que se emplaza para que se pronuncie en el plazo de los próximos diez días.

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