La Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras del Gobierno de la Comunidad de Madrid, encabezado por Isabel Díaz Ayuso, ha anunciado una actualización en los requisitos necesarios para la gestión de la Tarjeta de Transporte Público (TTP) personal.
Según el anuncio oficial publicado este viernes en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), cualquier persona que desee tramitar una nueva tarjeta o solicitar un duplicado deberá demostrar su residencia legal en los municipios contemplados por el Consorcio Regional de Transportes. La medida será de aplicación efectiva desde el próximo lunes, 15 de junio de 2026.
Detalles de la nueva normativa
Hasta la fecha, para la emisión de este título personal bastaba con presentar un documento de identidad —como DNI, NIE o pasaporte—, facilitar una dirección postal y abonar la tasa correspondiente de 4 euros. Con la nueva disposición dictada por el Consorcio, el solicitante estará obligado a aportar un certificado de empadronamiento actualizado que confirme su residencia en un municipio de la Comunidad de Madrid, o bien en alguna de las localidades pertenecientes a las zonas tarifarias E1 y E2, o áreas limítrofes integradas en los convenios vigentes con Castilla-La Mancha y Castilla y León.
El Consorcio ha especificado que, siempre que sea técnicamente factible, el usuario podrá autorizar a la administración a realizar la consulta telemática de su padrón para agilizar el proceso.
Impacto y excepciones
Fuentes del Ejecutivo regional han estimado que este cambio normativo tendrá un alcance limitado, calculando que afectará aproximadamente al 3,4% del total de los usuarios del sistema. Asimismo, han aclarado que la norma no será retroactiva: los ciudadanos que ya poseen una tarjeta personal podrán seguir utilizándola bajo las condiciones previas sin necesidad de realizar ninguna gestión adicional.
No obstante, esta actualización excluye a algunos colectivos que podrían encontrar dificultades para acreditar el empadronamiento en la región, como es el caso de estudiantes que mantienen su padrón en sus comunidades de origen o personas extranjeras que se encuentran en procesos administrativos que les impiden formalizar su inscripción en el padrón municipal.
Como única salvedad, la normativa recoge una excepción temporal por razones tecnológicas para aquellas personas que posean el título oficial de familia numerosa. En estos casos, se mantendrá la posibilidad de emitir la tarjeta personal siguiendo los procedimientos específicos que la normativa vigente ya establece para este colectivo, garantizando así la aplicación de los beneficios sociales ya reconocidos.
Para consultar el listado detallado de los municipios incluidos en estos convenios o ampliar la información sobre los nuevos procedimientos, el Consorcio Regional de Transportes de Madrid ha remitido a los ciudadanos a su portal web oficial: www.crtm.es.
