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La justicia anula el plan urbanístico de la ‘Ciudad del Deporte’ del Atlético de Madrid por irregularidades

Gacetín Madrid 10 diciembre, 2025
10 diciembre, 2025
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El desarrollo urbanístico que habría de albergar la Ciudad del Deporte del Atlético de Madrid ha quedado en suspenso. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha revocado la aprobación del proyecto, determinando que la tramitación administrativa incurrió en violaciones de «varios principios esenciales del procedimiento».

La decisión judicial invalida el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, fechado en octubre de 2024, que había dado luz verde al ‘Plan Especial Parque Olímpico Sector Oeste’ en el distrito de San Blas-Canillejas. Este revés detiene el desarrollo del ambicioso complejo deportivo, de ocio y naturaleza, que preveía cubrir una superficie aproximada de 265.000 metros cuadrados alrededor del estadio Metropolitano.

Críticas a la vía administrativa elegida

La Sala de lo Contencioso-Administrativo cuestiona el instrumento urbanístico empleado por la corporación municipal para impulsar la construcción. El fallo establece que la magnitud de la modificación exigía un procedimiento de mayor calado.

La sentencia señala que la alteración del planeamiento debería haberse abordado mediante una modificación del plan general, y no a través del instrumento utilizado. Además, los magistrados han dictaminado que la propuesta debía haber pasado por una preceptiva evaluación de impacto ambiental, no realizada correctamente: “la modificación establecida por el plan especial debió haberse tramitado por una modificación del plan general y no por tal instrumento; en todo caso, dicha modificación debió ser sometida a la evaluación ambiental estratégica en algunas de las modalidades previstas en la normativa de aplicación”.

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Motivación insuficiente e interés público sin justificar

El Tribunal censura que el Ayuntamiento no logró justificar debidamente el «interés público» de este desarrollo, ni acreditó que la iniciativa cumpliera con los requisitos urbanísticos que exige la legislación en vigor.

La resolución subraya la falta de documentación y la debilidad de los informes que servían de soporte a la aprobación final del acuerdo, lo que impide la defensa de su validez. “Esa motivación no era suficiente y adecuada como para justificar que una modificación como la presente se formalice a través de un plan especial”, concluye el TSJM, obligando a las administraciones a retrotraer las actuaciones y dejando el futuro de la Ciudad del Deporte en el aire.

Foto: Ayuntamiento de Madrid.

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2 comentarios

Juan Carlos Arias 10 diciembre, 2025 - 2:11 pm

Buenas. El estadio del Atlético ya no se llama Citas.

Responder
Juan Carlos Arias 10 diciembre, 2025 - 2:12 pm

El estadio del Atlético ya no se llama Civitas.

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