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Madrid fija los servicios mínimos para la huelga educativa: los sindicatos los califican de «abusivos»

Gacetín Madrid

Las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial de Educación de la Comunidad de Madrid (CCOO, ANPE, CSIF y UGT) han convocado dos jornadas de huelga de profesorado previstas para los días 8 y 21 de mayo para reclamar un nuevo Acuerdo Sectorial que incluya la reducción de horas lectivas.

Las organizaciones, tras la reunión celebrada el pasado 8 de abril con el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, Emilio Viciana, denunciaron la «ruptura unilateral» por parte del Gobierno regional de la negociación de un nuevo Acuerdo Sectorial.  En dicha reunión, expusieron en un comunicado conjunto, la Administración retiró la propuesta verbal del mes de diciembre y presentó una nueva propuesta por escrito que «ignora al cuerpo de maestros y retrasa el inicio de la reducción horaria al curso 2026/2027»: la Consejería ofreció que los profesores de Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial pasasen de 20 a 19 horas lectivas semanales como primer paso de una reducción general de las horas a lo largo de la legislatura, mientras que los representantes de los trabajadores reclamaban la recuperación del horario lectivo a 18 horas en Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial y la reducción del horario lectivo de Infantil y Primaria a 23 horas.

Con todo ello, los integrantes de la Mesa Sectorial rechazaron esta oferta, que «supone un desprecio para el profesorado madrileño y sus representantes y pone de manifiesto el nulo reconocimiento a su labor», y anunciaron movilizaciones incluyendo la huelga.

Servicios mínimos

La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid ha publicado la orden que fija los servicios mínimos para las dos jornadas de huelga en la educación pública madrileña, para los días 8 y 21 de mayo, que los sindicatos han tildado de «abusivos».

La orden, publicada este martes en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), señala que los servicios mínimos para todos los centros docentes serán el Director y el Jefe de Estudios. En defecto de cualquiera de ellos, el Secretario del centro docente.

Para todos aquellos centros educativos con segundo ciclo de Educación Infantil y Primaria, además, un maestro por cada 50 alumnos o fracción y en los centros con educación secundaria obligatoria o ciclos formativos de grado básico, un profesor más por cada 90 alumnos de estas enseñanzas o fracción.

En centros ordinarios que atiendan a alumnos con necesidades educativas especiales: además de los establecidos con carácter general para todos los centros, un maestro o profesor por cada 25 alumnos con dichas necesidades o fracción. En Centros Rurales Agrupados: además de los establecidos con carácter general para todos los centros, un profesor por cada localidad.

En Zonas de Casas de Niños: el Director de Zona. Además, en cada sede, un maestro por cada 12 alumnos menores de un año o fracción, un maestro por cada 18 alumnos menores de dos años o fracción y un maestro por cada 20 alumnos menores de tres años o fracción. En centros específicos de Educación Especial: Director, Jefe de Estudios o, en su defecto, el Secretario y un profesor por cada 15 alumnos o fracción.

En centros específicos de Educación Especial con residencia: Director, Jefe de Estudios o, en su defecto, el Secretario y un profesor por cada 15 alumnos o fracción. En Escuelas Infantiles de gestión directa de la Comunidad de Madrid y unidades de primer ciclo de Educación Infantil en colegios públicos de Educación Infantil y Primaria: en el caso de las Escuelas Infantiles, Director y Secretario del centro. Además, en todos los casos, un maestro por cada 12 alumnos menores de un año o fracción, un maestro por cada 18 alumnos menores de dos años o fracción, y un maestro por cada 20 alumnos menores de tres años o fracción.

En el complejo educativo “Ciudad Escolar-San Fernando”: además de los establecidos con carácter general para todos los centros, Director y Subdirector del Complejo, Director o Subdirector de las residencias.

Personal responsable de los servicios mínimos

El Director garantizará la apertura del centro al comienzo de la jornada escolar. Asimismo, determinará nominativamente las personas cuyas funciones se establecen como servicios mínimos en esta orden, siendo el responsable de facilitar la información referente al seguimiento de la jornada de huelga.

El Director y el Jefe de Estudios, permanecerán en el centro ejerciendo sus funciones respectivas y garantizarán la atención y permanencia de los alumnos en las debidas condiciones. En los internados de los centros de Educación Especial, en los propios centros de Educación Especial y en los centros que escolaricen alumnos con necesidades educativas especiales, los Directores y Jefes de Estudios garantizarán la atención y permanencia de los alumnos en las debidas condiciones.

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1 comentario

CCOO rechaza los servicios mínimos para la huelga en la Educación madrileña y advierte de actuaciones jurídicas — Gacetín Madrid 3 mayo, 2024 - 10:10 am

[…] organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial de Educación de la Comunidad de Madrid (CCOO, ANPE, CSIF y UGT) han convocado dos jornadas de huelga de profesorado previstas para los […]

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