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Piden al Fiscal Anticorrupción investigar la «paga vitalicia de 8.500 euros al mes» para Ayuso que podría aprobar la Asamblea de Madrid

Gacetín Madrid

La Asociación El Defensor del Paciente ha envidado una carta al Fiscal Anticorrupción de Madrid, Alejandro Luzón Cánovas, para solicitar la apertura de una investigación sobre la pretensión del Gobierno de la Comunidad de Madrid de aprobar un nuevo Estatuto de los expresidentes que supondría la inclusión de alguna medida compensatoria para los máximos dirigentes una vez que abandonasen el cargo.

La portavoz de Más Madrid en la Asamblea regional, Manuela Bergerot, ha cifrado esta «compensación» en «una paga vitalicia de 8.500 euros al mes» para cuando Ayuso «deje de ser presidenta en 2027». «La presidenta que llamó ‘mantenidos subvencionados’ a los que acudían a las colas del hambre ahora impulsa esta medida», ha criticado.

El texto de la proposición, presentado el pasado 10 de noviembre, señala que «por Decreto del Consejo de Gobierno se regulará el estatuto que fuera aplicable a los Presidentes de la Comunidad de Madrid, y en su caso a los demás miembros del Consejo de Gobierno, tras su cese”.

Ante ello, la Asociación El Defensor del Paciente solicitan «una investigación sobre lo que acabamos de conocer y que entendemos como un presunto delito de corrupción. Por ello, de ahí la solicitud que le hacemos. La paga que la señora Ayuso se pone así misma, paga vitalicia de 8.500 euros, lógicamente dinero de los madrileños,  que tendrá para siempre por obra y gracia de ser quien es, la presidenta de la Comunidad, algo insólito y que  obviamente, o así lo entendemos, de forma ilegal utilizando el abuso de poder usurpándolos de los fondos públicos».

«Creemos que la petición está justificada como es la investigación lógica de la brutal actuación, con un dinero que es para sanidad, justicia, educación, etc., no para pagas vitalicias por un artículo que se ha inventado la señora Ayuso. De la investigación, que esperamos realice, también la depuración de responsabilidades de un servidor público que como el propio indica público, no para su beneficio particular», añaden desde El Defensor del Paciente.

Dicha solicitud, concluye la misiva, está fundamentada en el artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, «que obliga a los que por su cargo, profesión u oficio tuvieran noticia en algún delito público y por ello tenemos que denunciarlo inmediatamente al Juez o al Fiscal».

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