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El TSJM condena al Ayuntamiento de Madrid a reponer las calles y placa a Largo Caballero e Indalecio Prieto

Gacetín Madrid 21 junio, 2023
21 junio, 2023
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En sentencia de 16 de junio de 2023, notificada en el día de hoy, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado la razón al Grupo Municipal Socialista (PSOE) y a UGT y ha desestimado los recursos de apelación interpuestos por el Ayuntamiento de Madrid, por Vox y por la ultraconservadora Asociación Reivindicativa de la Memoria Histórica Raíces.

Se confirma así la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 de Madrid, a la que ha tenido acceso GACETÍN MADRID, que consideraba favorable el recurso interpuesto por la Unión General de Trabajadores (UGT) que impugnaba el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid del 29 de septiembre de 2020, cuya consecuencia fue la retirada de la avenida a Francisco Largo Caballero (histórico dirigente del PSOE y UGT y presidente del Gobierno durante la Segunda República), en Ciudad Lineal, y del bulevar a Indalecio Prieto (político del PSOE titular de las carteras ministeriales de Hacienda, Obras Públicas, Marina y Aire y Defensa Nacional durante la Segunda República), en Vicálvaro, además de la placa dedicada a Largo Caballero en la Plaza de Chamberí, debiendo restituirla tras ser destruida a martillazos.

UGT recuerda que procedió a interponer una querella contra el Ayuntamiento por delitos contra el patrimonio y por prevaricación administrativa, inadmitiéndola por parte del Juzgado de Instrucción número 26 de Madrid. El sindicato recurrió en apelación esta decisión ante la Audiencia Provincial de Madrid, que la admitió en diciembre de 2021.

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Además, la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 recoge que Largo Caballero e Indalecio Prieto no exaltaron la sublevación militar contra el Gobierno legítimo y constitucional de la II República, ni fomentaron o apoyaron el golpe de Estado, así como tampoco exaltaron la represión de la Dictadura, ya que ambos murieron en el exilio, por lo que en ningún caso entran en los supuestos previstos en el artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica de 2007, de Zapatero.

Por su lado, la sentencia de ahora del Tribunal Superior de Justicia de Madrid recoge expresamente que la placa conmemorativa a Largo Caballero en la Plaza de Chamberí de Madrid dónde nació, fue colocada a iniciativa de la entonces UCD, con el apoyo unánime de toda la corporación en el año 1981; que el acuerdo municipal de dedicar la calle a Largo Caballero fue adoptada por unanimidad en el año 1983; y la correspondiente a Indalecio Prieto en el año 1995 por unanimidad asimismo y a propuesta del alcalde del Partido Popular Álvarez del Manzano.

La sentencia reproduce el contenido de la placa conmemorativa a Largo Caballero, realizada por el escultor Pepe Noja: 1869/1948 A Francisco Largo Caballero testimonio vivo de honestidad y entrega al servicio de todos los trabajadores. El Ayuntamiento de Madrid le recuerda en el lugar dónde nació. Marzo de 1981. La sentencia condena en costas al Ayuntamiento, así como a Vox y a la asociación recurrentes.

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