Festivales de verano: OCU solicita a Consumo limitar la compraventa de entradas por titular

Gacetín Madrid

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) solicita al Ministerio de Consumo que impulse una normativa que limite la compraventa de entradas online por titular con el fin de controlar y reducir la posterior reventa de las mismas entradas por precios abusivos y sin unas mínimas garantías, tal y como está sucediendo con los próximos conciertos de ColdPlay en Barcelona. La organización también advierte de posibles fraudes en la reventa de entradas. De hecho, desaconseja la compra de cualquier tipo de entradas a través de la reventa, ya que incluso páginas web aparentemente legales reúnen todo tipo de quejas y reclamaciones.

En concreto, las malas prácticas recogidas por OCU son muy variadas: comisiones de venta abusivas, venta de entradas falsas (ya vendidas antes a otras personas), precios tres o cuatro veces superiores a los oficiales, procesos de compra que finalizan abruptamente sin entrada y con el dinero cobrado, etc.

OCU advierte, además que, aun tratándose de una entrada válida, si el concierto se cancela o modifica la fecha de actuación, el derecho a la devolución será por el precio facial de la entrada y nunca por el sobrecoste generado por comprarla a través de la reventa como consecuencia de comisiones e intermediarios.

Si aun así se decide a adquirir una entrada a través de una web de reventa, OCU recomienda comprobar al menos que la web elegida incluye el logo del candado junto a la url y, una vez dentro, que se incluye un número de identificación fiscal (o un CIF) junto al nombre de la empresa. La web debería incluir además una lista de condiciones con los términos de la contratación. Y el pago debería realizarse con tarjeta, no mediante una transferencia, ya que dificulta cualquier reclamación posterior. Conviene comprobar a través de la web oficial del festival que las fechas y el aspecto de la entrada coinciden con las anunciadas.

OCU lamenta que no exista una normativa sobre reventa de entradas on line, como sí sucede con la reventa callejera, que estipula que “el recargo no podrá exceder el 20% sobre el precio marcado para el supuesto de venta directa al público en las taquillas o expendedurías de la propia empresa”. Por ello OCU solicita también al Ministerio de Consumo que de impulso parlamentario a la normativa específica para la reventa de entradas por internet que licite los establecimientos autorizados, obligue a verificar la validez de las entradas, identifique al comprador, limite el precio máximo de reventa (también al 20%) y evite el habitual desvío de miles de entradas de las webs oficiales al mercado de reventa.

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