El TSJM admite el recurso de MCyP contra la sentencia que avaló no declarar BIC a las Cocheras de Cuatro Caminos

Gacetín Madrid

El Tribunal superior de Justicia de Madrid ha admitido a trámite el recurso de casación de la asociación Madrid, Ciudadanía y Patrimonio (MCyP) contra la sentencia que daba la razón a la Comunidad de Madrid avalando la no declaración de Bien de Interés Cultural (BIC) a las cocheras de Cuatro Caminos, en el distrito madrileño de Chamberí.

El juzgado ha notificado a MCyP mediante auto -dictado el pasado 17 de junio- que se reconocen motivos para impugnar la sentencia, al sentarse “una doctrina sobre las normas autonómicas de aplicación que puede ser gravemente dañosa para los intereses generales al aplicar un precepto declarado inconstitucional”.

La sentencia desestimaba la pretensión de MCyP de proteger las Cocheras de Cuatro Caminos incoando expediente de Declaración de Bien de Interés Cultural, que garantizase su conservación y recuperación en lugar de su derribo y sustitución.

A pesar de reconocer su labor, puesta en valor e investigación -incluso de dar cierta parte de razón- el juez estimó la postura potestativa de la Administración para no proteger el edificio, en virtud de la definición del artículo 2.2 de la Ley de Patrimonio; este artículo (declarado inconstitucional en 2014) define como Bienes Culturales aquellos de “valor excepcional”, frente a la definición de la Ley estatal que los define como aquellos “más relevantes”.

El auto de casación reconoce que “se identifican con precisión las normas reputadas como infringidas” y “tras justificar que las infracciones han sido relevantes y determinantes de la decisión adoptada en la sentencia impugnada” acuerdan la admisión a trámite, tras inadmitir las alegaciones contrarias de la Comunidad de Madrid y la Cooperativa.

Por último, siendo la asociación MCyP de la opinión de que las Cocheras de Cuatro Caminos «poseen un valor excepcional y merecen en todo caso ser protegidas», en la sentencia ahora impugnada sí se reconocía cierta relevancia del edificio; como demostraba que en el proceso de planeamiento se hubieran protegido tres elementos puntuales, gracias a nuestra labor de estudio y difusión; anteriormente no se había estimado proteger ningún elemento en absoluto.

La admisión a trámite del recurso de casación supone reabrir la vía judicial para poder proteger las Cocheras de Cuatro Caminos como Bien de Interés Cultural, que como bien definen los dictámenes de la Comisión de Patrimonio (CPPHAN), se trata de un Patrimonio Industrial valioso. «Un motivo más para detener la tramitación del Plan Parcial y hacer una propuesta adecuada e integradora», inciden desde MCyP.

Te puede interesar

Comentarios