La Comunidad de Madrid regula las actividades cinegética y piscícola con su primera Ley de Caza y Pesca, aprobada por la Asamblea regional con la mayoría absoluta del PP de Isabel Díaz Ayuso y el apoyo de Vox, mientras que PSOE y Más Madrid han votado en contra. Gracias a esta nueva legislación, que según sus promotores «va a aumentar la seguridad jurídica» del sector, se van a «integrar en un único marco legal los aspectos esenciales de estas prácticas, que desempeñan un papel destacado como motores del desarrollo rural y de la lucha contra la despoblación».
La norma, inciden, favorece «tanto a los profesionales de la agricultura y la ganadería, como a los aficionados a la caza y la pesca, o a quienes disfrutan del deporte y del ocio en los entornos naturales». Asimismo, «introduce medidas para mejorar la gestión de la fauna, como la creación de los Planes de Control Poblacional, una herramienta dirigida especialmente a los ayuntamientos para gestionar especies sobreabundantes como el jabalí o el conejo fuera de los periodos ordinarios de captura, y prevenir daños en los campos o cultivos».
En materia de pesca «simplifica la regulación de las aguas, que quedarán reducidas a tres categorías: cotos, aguas en régimen especial y privadas». Además, «pone mayor atención en ejemplares emblemáticos, como la trucha en los ecosistemas fluviales, así como en otros de interés para los pescadores en embalses y tramos bajos de los ríos, como la carpa o el lucio».
Actualmente el 71% de la superficie madrileña (572.254 hectáreas) está considerada terreno cinegético, con 45.044 licencias de caza en vigor. En cuanto a la pesca, hay 46.414 permisos activos y 34 tramos regulados que suman 347 kilómetros, gestionados parcialmente en colaboración con entidades locales.
Digitalicación del sector para simplificar trámites
La normativa también apuesta por la modernización del sector, mediante la implantación de licencias digitales y procedimientos administrativos electrónicos, a fin de simplificar trámites y mejorar el seguimiento de la actividad. Por otro lado, se actualiza el régimen sancionador: las infracciones leves se castigarán con multas de entre 200 y 1.000 euros; las graves, entre 1.000 y 10.000; y las muy graves, entre 10.000 y 80.000 euros.
Por último, en materia de seguridad, esta nueva ley amplía la distancia mínima en la práctica cinegética respecto a núcleos de población de 100 a 150 metros, manteniendo el resto de las limitaciones vigentes. Además, fija por primera vez un tamaño mínimo general de 250 hectáreas para los cotos de caza, independientemente de la modalidad, con la excepción de la caza menor, que podrá autorizarse desde 50 hectáreas con justificación técnica.
