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El Supremo confirma los 19 meses de cárcel para Isa Serra, exportavoz de Podemos en Madrid

Gacetín Madrid

La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 1 año y 7 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena a la exdiputada y exportavoz de Unidas Podemos en la Asamblea de Madrid, Isabel Serra, por un delito de atentado por su participación en unos incidentes con la Policía Municipal de Madrid el 31 de enero de 2014 tras producirse un desahucio. El Supremo desestima el recurso de Serra, que también fue condelnada por un delito leve de lesiones y un delito de daños, en ambos casos al pago de una multa de 1.200 euros.

En el juicio celebrado en la Sala de Lo Civil y Penal del TSJ de Madrid, debido a la condición de aforada de la acusada, los jueces consideraron que quedaba acreditado que Isabel Serra formaba parte del grupo de personas que al término del desahucio increpó e insultó a los agentes de policía destinados a la zona para dar cobertura a la comisión judicial, hasta el punto de obligar a los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado a retroceder para protegerse del aluvión de objetos que les lanzaban e, incluso, verse obligados a salir de un vehículo para evitar que los allí congregados se llevaran algún objeto de su interior, después de que lograran abrir el portón trasero del último furgón de la comitiva policial.

“La acusada -dice la sentencia-, integrándose en los grupos de personas, pues unas veces se encontraba en uno de los cordones y otras veces en el otro, que increpaban, insultaban y acosaban a los agentes, profirió insultos dirigidos a los agentes en general, así como en particular a una agente de Policía Municipal, diciéndole: ‘Eres cocainómana’, ‘mala madre, hija de puta, con todo lo que hemos luchado las mujeres, contigo se pierde todo, no te quieren ni tus propios compañeros’. A otra agente de Policía le dirigió frases como: ‘Hija de puta, puta, zorra; que te follas a todos los policías municipales’. ‘Vergüenza, si fuera tu hijo tendría que cogerte un arma y pegarte un tiro’. La acusada, además de proferir insultos a los agentes, procedió también a dar empujones y lanzar objetos contundentes a los mismos”.

Como consecuencia de estos episodios de violencia, dos agentes de policía municipal resultaron heridos. Uno, tras ser alcanzado con un objeto contundente que le impactó en la mano izquierda, y el otro al recibir el impacto de otro objeto en el casco, lo que le provocó un desvanecimiento y una contractura cervical con mareos y vértigo.

Al afrontar los fundamentos de derecho de este caso, los jueces aclaran que el derecho a la libertad de expresión, así como el derecho de reunión pacífica, “son derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución y sirven como vehículos para canalizar protestas, en principio legítimas, como el caso presente de solidarizarse con una persona desahuciada de la vivienda que ocupa. Ahora bien –añaden-, al igual que otros derechos fundamentales, su ejercicio tiene límites, siendo uno de ellos el que su legítimo ejercicio no puede amparar comportamientos ilegales o castigados por el Código Penal”.

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1 comentario

El Azote 5 julio, 2021 - 10:39 am

Y habrá quien diga que la justicia no está politizada…,
Esto es un país de panderetas, hasta cuando vamos a seguir aguantando esta basura de la derecha rancia que se cree con derechos de pertenencia de todo, hay que acabar de una vez y por todas con esto.

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