Así será el nuevo carril Bus-VAO de la A-2 tras la suscripción del Convenio por parte del Gobierno

Gacetín Madrid
  • En el carril izquierdo de ambos sentidos, con puntos de embarque y desembarque para autobuses y vehículos de alta ocupación (VAO).
  • El Convenio establece el régimen de colaboración entre el Ministerio de Fomento, el Ministerio del Interior, el Consorcio Regional de Transportes de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, e incluye la financiación a partes iguales de un presupuesto de 13 millones de euros.
  • La actuación tiene como objetivo fomentar el transporte público, mejorar la movilidad, promover el uso sostenible del vehículo privado y mejorar la calidad del aire.

El Consejo de Ministros ha autorizado, en su reunión de hoy, la suscripción del Convenio entre la Administración General del Estado, el Consorcio Regional de Transportes de Madrid, dependiente de la Comunidad de Madrid, y el Ayuntamiento de Madrid para la adaptación del carril izquierdo de la autovía A-2 como carril Bus-VAO, en ambos sentidos.

El Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de Carreteras, y el Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Tráfico son los partícipes de la Administración General del Estado en este acuerdo.

El Convenio tiene por objeto establecer el régimen de colaboración entre los firmantes para la implantación y puesta en funcionamiento del carril Bus-VAO en ambos sentidos de la autovía A-2, y regula las actuaciones y compromisos, incluidos los financieros, que corresponden a cada una de las partes.

Respecto a la financiación, el Convenio establece que el presupuesto global de las actuaciones asciende a 13 millones de euros, que serán financiados a partes iguales por el Ministerio de Fomento, Ministerio del Interior, Consorcio Regional de Transportes de Madrid y Ayuntamiento de Madrid.

Tras esta autorización, se procederá a la firma del Convenio entre las partes y, posteriormente, se someterán a información pública los proyectos en los que se ha dividido la actuación.

Una vez estudiadas e informadas las alegaciones a la información pública que pudieran plantearse, se aprobarán el expediente y los proyectos, para, a continuación, comenzar con las actuaciones preparatorias para la licitación de las correspondientes actuaciones.

Características de la actuación

Esta actuación consiste en la reserva del carril izquierdo, en ambos sentidos, de la autovía A-2 para autobuses y vehículos con alta ocupación, mediante gestión en tiempo real, basada en los sistemas ITS, por medio de paneles de información variable, baliza luminosa, detectores, cámaras y lectores de matrícula, en el tramo desde el Intercambiador de Avenida de América hasta el p.k. 23,5 (Alcalá de Henares).

Además, la actuación tiene como objetivo fomentar el transporte público, mejorar la movilidad y las condiciones de servicio de la carretera, promover el uso sostenible del vehículo privado y mejorar la calidad del aire; contribuyendo todo ello a un incremento de la calidad medioambiental.

La actuación a desarrollar se recoge en tres proyectos denominados fase I, II y III. Las fases I y II se corresponden con el sentido de entrada a Madrid y la fase III con el de salida de Madrid.

Para el caso del carril de entrada se proyectan los elementos e instalaciones necesarias para la implantación de esta mejora en la accesibilidad desde un primer embarque en el nudo con la M-300, p.k. 23+500 aproximadamente, hasta pasado el enlace de la A-2 con la M- 30, p.k. 4+200 aproximadamente.

Con respecto a la implantación de la reserva del carril de salida, se proyectan los elementos e instalaciones necesarias para la implantación de esta mejora en la accesibilidad desde un primer embarque en el P.K 6+100, hasta el p.k. 14+900 aproximadamente, que permita el correcto desembarque para permitir la salida al enlace de la A-2 con la M-115 y la M-45/M-50.

Obligaciones y facultades de cada una de las partes

Al Ministerio de Fomento, le corresponden las siguientes obligaciones y facultades

  1. La financiación de las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en el Convenio.
  2. La coordinación de los proyectos de las obras con la Dirección General de Tráfico del Ministerio del Interior, Consorcio Regional de Transportes de la Comunidad de Madrid y Ayuntamiento de Madrid.
  3. La supervisión de los mencionados proyectos con la colaboración de las partes restantes.
  4. La aprobación definitiva de los proyectos de construcción con la previa conformidad de la Comisión de Seguimiento.
  5. La contratación de las obras objeto de los proyectos citados.
  6. La contratación de la asistencia técnica de apoyo a la Dirección de Obras, para el control y vigilancia de las obras, coordinación de seguridad y salud y coordinación en materia de medio ambiente y gestión de residuos.
  7. La Dirección de las obras citadas.
  8. La recepción de las obras y su posterior entrega a Ayuntamiento de Madrid y Dirección General de Tráfico del Ministerio del Interior de las instalaciones que sean de su competencia.
  9. El mantenimiento y conservación de las instalaciones que sean de titularidad de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento.

Al Ministerio del Interior, le corresponden las siguientes obligaciones y facultades

  1. La financiación de las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en este convenio.
  2. Determinar la habilitación del tramo correspondiente reservado para vehículos de alta ocupación (VAO), previa solicitud de informe vinculante de los titulares de la carretera.
  3. Fijar las condiciones de su utilización y dar publicidad de su habilitación procediendo a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
  4. Integrar el equipamiento y sistemas ITS incluidos en los proyectos de “Mejora de la accesibilidad del transporte público de viajeros a Madrid. Adaptación del carril izquierdo de la carretera A-2 como carril BUS-VAO”, en ambos sentidos, en el Centro de Gestión de Tráfico de Madrid de la Dirección General de Tráfico para su gestión y explotación en tiempo real durante las 24 horas, los 365 días del año. La DGT asumirá el mantenimiento, conservación y reparación de los equipos ITS, incluidos en los proyectos.
  5. Asimismo, la DGT asumirá los gastos de consumo eléctrico de las acometidas, centros de transformación y equipos ITS.
  6. La DGT establecerá los medios de vigilancia y proporcionará las directrices de control y denuncia de infracciones a la ley de tráfico y seguridad vial con el objetivo de garantizar el uso correcto del carril izquierdo de la carretera A-2 en los periodos que sea habilitado como carril reservado a vehículos de alta ocupación (VAO).
  7. La coordinación con el Ayuntamiento de Madrid en la toma de decisiones de gestión y explotación que afecten al tráfico durante las obras.
  8. La DGT y el Ayuntamiento de Madrid deberán formalizar los instrumentos jurídicos y administrativos que sean necesarios para ejercer las competencias sancionadoras.

Obligaciones y facultades del Consorcio Regional de Transportes de Madrid

  1. La financiación de las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en este convenio.
  2. La redacción de los proyectos en colaboración con el resto de partes integrantes de este convenio.
  3. La coordinación durante la ejecución de las obras y puesta en funcionamiento del carril BUS-VAO respecto a las afecciones y necesidades al transporte público de viajeros en el corredor de la A-2.
  4. El seguimiento y apoyo a la gestión por parte de DGT del carril reservado, en lo que se refiere a las expediciones que podrán circular en cada momento por dicho carril.

Obligaciones y facultades del Ayuntamiento de Madrid

  1. La financiación de las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en este convenio.
  2. La puesta a disposición los terrenos precisos para la realización de las obras, libres de cargas y gravámenes, correspondientes a su titularidad del tramo de la A-2 comprendido entre su origen y el punto kilométrico 5,9.
  3. El otorgamiento de las autorizaciones que sean precisas para la ejecución de las obras en dicho tramo.
  4. El mantenimiento y conservación de las infraestructuras e instalaciones que sean de su titularidad, desde la entrega de las obras.
  5. El Ayuntamiento de Madrid y la DGT deberán formalizar los instrumentos jurídicos y administrativos que sean necesarios para ejercer las competencias sancionadoras.

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