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Plena Inclusión lamenta que el TC rechace el recurso sobre el derecho a voto de un discapacitado intelectual

Gacetín Madrid 29 diciembre, 2016
29 diciembre, 2016
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Plena Inclusión Madridha lamentado la decisión del Tribunal Constitucional que inadmite el recurso de amparo presentado para recuperar el derecho a voto de una persona con discapacidad intelectual.

El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso de amparo presentado por una familia contra una sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en la que se priva a una persona con discapacidad intelectual de su derecho a voto. La decisión del Tribunal Constitucional cuenta con un voto particular mostrando su discrepancia ante tal decisión destacando la importancia del recurso de amparo presentado que, indica, “va más allá del caso concreto por afectar a un importante colectivo en situación de especial vulnerabilidad por razón de su discapacidad, que se ve privado de la posibilidad de ejercer un derecho tan básico en un Estado Social y democrático de Derecho como es el  participar en los asuntos públicos”.

Para Plena Inclusión Madrid la decisión del Tribunal Constitucional «es sumamente decepcionante y olvida la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por España y que obliga a los Estados parte a reconocer el derecho de sufragio de las personas con discapacidad».




A juicio del movimiento asociativo, la decisión del Tribunal Constitucional «es un jarro de agua fría en un momento en el que,  tras años de lucha y revindicación, parecía que se había avanzado hacia el reconocimiento unánime de que es preciso adoptar las medidas necesarias para que las personas con discapacidad, cuya capacidad de obrar haya sido modificada, puedan recuperar su derecho al voto».

En este sentido, el director general de Plena Inclusión Madrid, Javier Luengo, ha recordado que «recientemente la Asamblea de Madrid aprobó la admisión a trámite de una proposición de ley para instar al Congreso a modificar la Ley Orgánica de Régimen Electoral General en su artículo 3, y que la propia ministra de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad, se ha comprometido públicamente hace apenas una semana a modificar esta ley».

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Para Javier Luengo, «mientras el derecho al voto siga basándose en una evaluación sobre conocimientos políticos, que realiza un juez y que sólo se afecta a las personas que quieren recuperar el mismo,  estaremos partiendo de un principio de desigualdad flagrante, en el que se está prejuzgando la calidad del voto y en la que no se respeta el marco constitucional».




«Las personas con discapacidad pueden necesitar apoyos en los procesos de decisiones, pero no se puede limitar ni restringir su libertad de elección», ha explicado.  Precisamente por ello desde el movimiento asociativo se llevan a cabo actuaciones de formación e información a las personas con discapacidad intelectual, especialmente de documentos en lectura fácil que les ayuden a poder participar, como el resto de ciudadanos, en los procesos de representación.

Luengo confió en que el recurso de la familia, que ahora ha rechazado el Tribunal Constitucional, llegue a instancias superiores en el ámbito Europeo.

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