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Almeida recurrirá la anulación de la tasa de basuras ante el Tribunal Supremo

Gacetín Madrid 29 abril, 2026
29 abril, 2026
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Durante la sesión ordinaria del Pleno de Cibeles celebrada este miércoles, 29 de abril, el alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, ha confirmado que el Consistorio acudirá al Tribunal Supremo para intentar revertir la anulación de la Ordenanza Fiscal 8/2024, reguladora de la tasa de basuras. La decisión, según ha explicado el primer edil, se fundamenta en los criterios de los servicios jurídicos de la capital, quienes consideran que existen argumentos legales suficientes para interponer un recurso de casación.

La controversia surge tras el fallo de la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que declaró la nulidad de pleno derecho del tributo. La sentencia concluye que el Ayuntamiento incurrió en una «infracción sustancial» al omitir anexos clave del informe técnico-económico durante el periodo de información pública.

Según el tribunal, no se publicaron los documentos relativos al estudio de generación de residuos por actividades económicas, una información que los magistrados consideran «núcleo metodológico» del sistema. Esta ausencia impidió a la ciudadanía conocer la trazabilidad entre la actividad económica y la carga tributaria, comprometiendo la transparencia y el derecho a la participación ciudadana.

Almeida defiende la gestión técnica

En respuesta a las críticas de Javier Ortega Smith (Vox), quien ha reclamado la devolución inmediata de los ingresos percibidos, Almeida ha defendido que la tramitación realizada por los funcionarios fue «correcta» y que el fallo judicial apunta a un motivo «estrictamente formal». El alcalde ha insistido en que la decisión de recurrir no responde a una «discrecionalidad política», sino a la recomendación técnica de los letrados municipales.

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Respecto a la devolución de los recibos ya girados, el alcalde ha señalado que el Ayuntamiento actuará conforme a lo que «dicen la ley y la sentencia», recordando que la normativa impone límites para el reembolso de importes cuando se trata de la anulación de disposiciones generales y los actos administrativos ya son firmes.

La metodología del «quien contamina paga», bajo lupa

La sentencia del TSJM recuerda que, si bien la Ley 7/2022 obliga a las entidades locales a implantar sistemas de financiación basados en el principio de «quien contamina paga», esto no exime de motivar adecuadamente el cálculo de la tasa. El tribunal subraya que un informe técnico-económico no puede limitarse a ofrecer cifras finales; debe explicar de forma razonada la metodología para verificar que el tributo se ajusta a los principios de proporcionalidad y legalidad.

La Sala rechazó el argumento municipal de que los anexos omitidos eran meramente auxiliares, sentenciando que su falta de publicidad generó una «indefensión material» que vicia de nulidad todo el procedimiento de aprobación de la tasa.

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