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El PSOE denuncia la intención de Ayuso de modificar 15 grandes leyes a la vez y de urgencia: de Cámara de Cuentas, del Suelo, de Transparencia, del Consumidor, de Telemadrid…

Gacetín Madrid

El portavoz del Grupo Socialista en la Asamblea de Madrid y secretario general del PSOE de la Comunidad, Juan Lobato, ha denunciado este sábado la «aplicación del rodillo del PP» al proponer una Ley para modificar simultáneamente 15 textos legislativos tales como la Ley de Cámara de Cuentas, la Ley del Suelo, la Ley de Protección de los Consumidores, la Ley de Transparencia y la Ley de Radio Televisión Madrid.

«Es la aplicación del rodillo del PP de Madrid en Estado puro, un viernes corriendo, antes de la semana de investidura, para tramitar de urgencia y en mitad del debate nacional», ha criticado. «Cambian normativas como la eliminación en la práctica del Consejo de Transparencia, el cambio en la Cámara de Cuentas que debía fiscalizar su acción de gobierno, el blindaje de los nombramientos de los gerentes de los hospitales públicos, el blindaje de la imposición por rodillo de la directiva de Telemadrid que controle los informativos, todo esto y mucho más, cambiado de prisa y corriendo por vía de urgencia (sin enmiendas de la oposición)», ha subrayado Lobato.

Para el dirigente del PSOE, «nuestra oposición absoluta a este tipo de estrategias, de estratagemas para intentar ocultar de verdad lo que se quiere hacer, que es aplicar ese rodillo para eliminar la transparencia, el control, la fiscalización que todos estos órganos que ahora se cargan en la práctica debían ejercer».

Se modifican las siguientes Leyes:

Se modifican las siguientes Leyes:

• Ley de Gobierno y Administración, para que el Consejo de Gobierno: Pueda regular el estatuto de los expresidentes. Solo Cantabria y Madrid carecen de regulación en este ámbito. De esta forma, se supera esta anomalía y se “dignifica” la situación de los expresidentes y exconsejeros. Pueda mejorar la seguridad jurídica, estableciendo la caducidad de las disposiciones reglamentarias de carácter organizativo y la evaluación ex-post de las disposiciones normativas, para evitar la profusión de legislación obsoleta (compromiso electoral).

• Ley de Cámara de Cuentas para solventar el bloqueo de su renovación. El número de miembros pasa de 3 a 7 y se modifica el sistema de elección de presidente y consejeros de forma similar al de elección de la Mesa de la Asamblea.

• Ley de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid para suprimir el límite del mandato del presidente de forma que sean los propios empresarios quienes dedidan quiénes les representan y por cuánto tiempo.

• Ley de supresión del Consejo Consultivo para que el Consejo de Gobierno pueda dar acceso a la Comisión Jurídica Asesora a personas de reconocido prestigio, al igual que ocurre en el Consejo de Estado y otros órganos consultivos autonómicos. Su presidente se elegirá por decreto de Consejo de Gobierno.

• Ley de Radio Televisión Madrid para terminar con el bloqueo del nombramiento del Director General y darle mayor flexibilidad y estabilidad. Para ello:

− El Consejo de Administración incrementa su número de miembros de 5 a 7, se adecúa a la representación de los grupos parlamentarios en la Asamblea, y se reduce el mandato de 6 a 4 años.

− La junta de accionistas de la empresa pública RTVM podrá nombrar al Director General a propuesta del propio Consejo de Administración cuyos miembros son elegidos por los parlamentarios garantizando en todo caso la pluralidad y neutralidad informativa.

− El mandato del Director General será de 4 años.

− Se amplía la duración del contrato-programa.

− Esta modificación conlleva la de la Ley 2/2001 de 18 de abril, de Contenidos Audiovisuales y Servicios Adicionales.

• Ley de Buen Gobierno y Profesionalización de la gestión de los centros y organizaciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud para devolver al Consejo de administración del SERMAS la posibilidad de ejercer las competencias que le son propias y poder elegir, de entre los mejores, a los gestores de los hospitales, agilizando los nombramientos y ofrecer así una respuesta más rápida y eficiente a las necesidades de cada centro hospitalario.

• Ley de Transparencia y de Participación de la CM, para atribuir al Consejo de Transparencia funciones en materias relevantes como la protección de datos dotando al Consejo de competencias de coordinación y ejecución en este ámbito. Para reforzar su actividad se modifica su composición de forma similar al Consejo estatal, se nombra al presidente por el Consejo de Gobierno, se elimina su dependencia de la Asamblea, y se pone a su disposición una unidad técnica de apoyo, lo que redundará en su mayor carácter técnico, manteniendo la independencia del órgano. El número de consejeros pasa de 3 a 1, lo que supone reducir el tamaño de la Administración. El régimen sancionador será el previsto por la legislación estatal.

• Ley de Medidas Urgentes para el impulso de la actividad económica y la modernización de la Administración de la CM para mejorar los servicios públicos fundamentales, como la Sanidad, flexibilizando la incorporación de personal sanitario extra-comunitario para cubrir de forma temporal especialidades médicas deficitarias; y facilitar la actividad de la Agencia de Contratación Sanitaria modificando la composición de su Consejo de Administración.

• Ley de Cooperativas para evitar un conflicto de competencias con la legislación estatal.

• Ley de creación del sistema integrado de Protección Civil y Emergencias de la CM para atribuir al Abogacía General la defensa y el asesoramiento de la Agencia y perfilar atribuciones en materia de personal del Consejo de Administración.

• Ley del Suelo para modificar la actual atribución de competencias de la SGT de la Consejería competente y clarificar así su organización interna.

• Ley de Protección de los Consumidores de la CM para derogar de forma expresa un precepto inaplicable sobre reducción en el pago de sanciones.

• Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza para fomentar el uso de la biomasa forestal y flexibilizar los proyectos de cambio de uso de espacios agrarios. Todo ello contribuirá a dinamizar la actividad económica al tiempo que se protege el medioambiente y el entorno rural.

• Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias para dar impulso a la elaboración del Plan de Uso y gestión de las Vías Pecuarias de la CM con el fin de asegurar la protección del dominio público pecuario y adaptar las Vías Pecuarias a su situación de hecho.

• Se añade una disposición adicional para mantener la cobertura de puestos de libre designación en la Comunidad de Madrid y controlar el traslado de funcionarios hacia otras administraciones. Se exigirá al igual que en el Estado, un informe previo favorable del departamento correspondiente para autorizar el destino por libre designación en otra administración.

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