Madrid aprueba el Decreto para «garantizar la calidad educativa» ante la Ley estatal

Gacetín Madrid

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado hoy el Decreto que regula aspectos sobre la evaluación, promoción y titulación de la Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, así como en las enseñanzas de Personas Adultas para la titulación en las aulas madrileñas. «La Comunidad de Madrid garantizará con esta iniciativa que, dentro de sus competencias y a pesar de la entrada en vigor de la ley estatal LOMLOE, la Ley Celaá, los centros educativos de la región puedan mantener la cultura del esfuerzo entre el alumnado y la calidad de la enseñanza», han señalado desde el Gobierno regional.

Se trata de «unos principios fundamentales que defiende el Gobierno madrileño para su sistema educativo» y que, según ellos, la nueva Ley educativa estatal «relega de manera importante en su contenido». Así, la normativa del Ejecutivo central, aprobada el pasado mes de noviembre, «no establece criterios concretos para decidir con objetividad si un alumno debe pasar de curso u obtener el título en ESO y, además, elimina la posibilidad de que sean las autoridades educativas, es decir, las comunidades autónomas, las que los desarrollen».

El Ejecutivo autonómico entiende que esta situación «deja a los equipos docentes toda la responsabilidad, lo que puede conducir a una disparidad de criterios entre los diferentes centros educativos». Frente a «esta laxitud y falta de concreción, el Gobierno madrileño recoge la posibilidad de que los equipos docentes acuerden que, en ESO, como ha sucedido hasta este curso, un estudiante repita curso cuando tenga tres materias o más suspensas, aunque de manera excepcional podrá promocionar con tres siempre que no sean simultáneamente Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas, circunstancias que desde la Comunidad de Madrid ya se consideran que facilita lo suficiente».

Asimismo, las decisiones de promoción y evaluación en esta etapa que hayan de adoptar los equipos docentes habrán de realizarse por mayoría cualificada de 2/3 sus miembros y previa deliberación. En cuanto a Bachillerato, los alumnos pasarán de primer curso cuando superen todas las materias o tengan dos insuficientes como máximo, tal y como se producía hasta ahora. Sin embargo, tras la aprobación de la LOMLOE, «se abría la posibilidad de que un estudiante pueda aprobar segundo curso y obtener el título de Bachillerato con una suspensa, y, por lo tanto, acceder en estas circunstancias a las enseñanzas universitarias».

La Comunidad de Madrid pretende «evitar esta circunstancia, por lo que en caso de que se pudiese dar esa situación, la deliberación se tendría que validar con una mayoría cualificada de 4/5 del equipo docente».

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