El DNI de mascotas será obligatorio en 2022 y los dueños de perros deberán pasar un curso

Gacetín Madrid

La Dirección General de Derechos de los Animales, perteneciente al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, encabezado por Ione Belarra (Unidas Podemos), implantará a partir de 2022 una serie de medidas enmarcadas en el Anteproyecto de Ley XX/2021 de Protección y Derechos de los Animales.

Las medidas son numerosas, destacándose un DNI-Animal para todas las mascotas, el fin de la venta de animales (excepto peces) en las tiendas de mascotas, el fin de los sacrificios de mascotas (salvo motivos eutanásicos) o un curso obligatorio para los dueños de perros, actuales y futuros.

Se creará un Sistema de Registros para la Protección Animal integrado por el Registro Nacional de Entidades de Protección Animal, el Registro Nacional de Profesionales de Comportamiento Animal, el Registro Nacional de Animales de Compañía, el Registro Nacional de Núcleos Zoológicos de Animales de Compañía, el Registro Nacional de Profesionales de la Cría. En el Registro Nacional Animales de Compañía estará inscrito cualquier animal de compañía que disponga de cualquier sistema de identificación, por lo que cada animal tendrá un identificador con sus datos, una especie de DNI-Animal.

Además, se aborda la tenencia y convivencia responsable con animales, estableciendo un conjunto común de obligaciones y prohibiciones, sin perjuicio de las que puedan establecer las comunidades autónomas en el marco de sus competencias, para las personas propietarias o responsables de animales de compañía, animales domésticos y animales silvestres en cautividad.

En particular, se establece la prohibición del sacrificio de animales de compañía, exceptuando razones sanitarias o eutanásicas, no permitiendo que sean sacrificados los animales por cuestiones de ubicación, edad o espacio de instalaciones.

También se establecen  las condiciones de tenencia de los animales de compañía en particular, tanto en domicilios
particulares como en espacios abiertos, de forma que se garanticen determinadas condiciones de bienestar animal, así como las condiciones de acceso a medios de transporte y establecimientos abiertos al público.

En particular, respecto a las personas propietarias de perros, se establece la necesidad de haber superado un curso formativo al efecto, con el objetivo de facilitar una correcta tenencia responsable del animal, muchas veces condicionada por la ausencia de conocimientos por parte de la persona propietaria en el manejo, cuidado y tenencia de animales.

Se prohíbe la tenencia de animales silvestres en domicilios particulares, así como la cría de especies alóctonas, tanto terrestres como marinas. Por otro lado, los animales desaparecerán de las atracciones de feria y de los espectáculos que les puedan causar angustia, dolor o sufrimiento, mientras que la fauna silvestre no podrá ser usada en los circos.

Se establece el marco legal para el tratamiento de animales extraviados, abandonados, desamparados y urbanos, en particular las colonias felinas que conviven en todos nuestros municipios, sobre la base del principio de gestión ética de las mismas, orientando la actuación de los poderes públicos hacia su captura, esterilización y suelta o reubicación de los gatos que las integran.

Finalmente, el Anteproyecto de Ley contempla la prohibición de dejar a los animales de forma permanente en las terrazas, los trasteros, los sótanos o los vehículos, así como sin supervisión, durante 3 días consecutivos. En cuanto a los perros, este plazo no podrá superar las 24 horas consecutivas. En el caso de pérdida, deberá comunicarse en el plazo máximo de 48 horas para que no se considere el hecho como abandono, algo que será multado con hasta con 100.000 euros.

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