Argentes de la Policía Nacional han detenido a tres personas acusadas de haber votado dos veces en las Elecciones Autonómicas de la Comunidad de Madrid de este 4 de mayo, y se investigan 10 casos más que han sido detectados.
Según fuentes policiales, los detenidos hasta el momento son dos mujeres de 36 y 39 años y un hombre de 40 años, todos de nacionalidad española. Al parecer votaron dos veces en tres colegios electorales diferentes del distrito madrileño de Puente de Vallecas.
Desde las 9 de la mañana, inicio de la votación, y hasta las 6 de la tarde, dos horas antes del cierre, se detectaron hasta 13 votaciones dobles: cuatro en Leganés, dos en Alcorcón, tres en Puente de Vallecas y el resto en los distritos de Carabanchel, Chamberí, Centro y Ciudad Lineal.
En el Real Decreto-ley 20/1977, de 18 de marzo, sobre Normas Electorales, se contempla en el apartado sexto del Artículo 89: «Serán castigados con las penas señaladas en los artículos trescientos dos y trescientos tres del Código Penal, según el carácter de las personas responsables, quienes voluntariamente voten dos o más veces en una elección, utilizar nombre ajeno para votar o hacerlo no teniendo capacidad legal para realizarlo».
Se castiga con entre 6 meses a 2 años de prisión, con multa y con inhabilitación especial para empleo o cargo público de uno a tres años. Si el que participa en el delito es un funcionario del estado, de la comunidad o del Ayuntamiento la pena puede ser superior: prisión de tres a siete años y multa de dieciocho a veinticuatro meses.