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El Ayuntamiento de Madrid aprueba el proyecto del Reglamento Orgánico de los Consejos de Proximidad

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La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid ha dado luz verde al proyecto de reglamento que regulará los Consejos de Proximidad elaborado por el Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana, según ha anunciado hoy en rueda de prensa la portavoz municipal, Inmaculada Sanz. Los Foros Locales dan paso así a los Consejos de Proximidad como órganos de participación en los 21 distritos a fin de mejorar su funcionamiento.

El Reglamento establece un compendio de pautas concretas, comunes y homogéneas con el objetivo de proporcionar eficacia y asegurar la participación ciudadana ajustándose a la situación sanitaria actual. En cuanto a su composición, y para ganar eficiencia, el documento contempla la supresión de la Comisión Permanente que existía en los Foros Locales, ya que serán las propias mesas quienes eleven directamente las propuestas al Consejo de Proximidad correspondiente.

Composición e informe de viabilidad jurídica de las propuestas

Por otro lado, se blindará la seguridad jurídica de estos órganos mediante la creación de cuatro nuevas figuras que responderán a funciones que no estaban definidas en el caso de los Foros Locales, evitando así situaciones que, en el pasado, provocaron cierta inoperancia.

La primera figura será la de los organizadores de mesa, que corresponderá a los vocales vecinos de los Grupos Municipales que asumirán funciones de coordinadores internos de las mesas; la segunda son los representantes de mesa, elegidos mediante votación por miembros de las mesas que se erigirán en sus representantes en el Consejo de Proximidad; la tercera es la figura del asesor legal, que será un funcionario del distrito con formación jurídica que se encargará de proporcionar asesoramiento técnico especializado; y, por último, la cuarta figura será la del consejero de proximidad, un portavoz de los representantes de mesa que colaborará con la presidencia en la coordinación del Consejo.

El documento acota el número máximo de mesas y grupos de trabajo para ganar operatividad. De esta manera, en los Consejos de Proximidad habrá una mesa por cada área de gobierno municipal y en cada mesa sólo podrán existir simultáneamente 2 grupos de trabajo de carácter temporal (dos meses prorrogables por otro más). De esta forma, se homogeniza el funcionamiento de todas ellas, se asegura la especialización de las personas participantes y se produce una mejora en los canales de comunicación con los órganos municipales.

Para que las propuestas de las mesas puedan ser aprobadas por la Junta Municipal de cada distrito, se introduce el requisito de que sean sometidas, previa elevación al Consejo de Proximidad, a un análisis de viabilidad jurídico, técnico y económico. De esta manera se evitará trabajar sobre propuestas inviables desde su origen.

Uso de medios telemáticos

Por último, se prevé expresamente que puedan utilizarse medios telemáticos para realizar sesiones a distancia. De esta forma, se supera uno de los impedimentos latentes durante la crisis provocada por la COVID-19, dado que el reglamento de los Foros Locales establecía su carácter constitutivo como órganos de participación presencial, lo que supuso, en la práctica, la imposibilidad de su celebración durante los meses más duros de la pandemia.

Tras la elevación del borrador del Reglamento Orgánico de los Consejos de Proximidad a Junta de Gobierno y su publicación, se abre un trámite de información pública para que la ciudadanía pueda formular las alegaciones que estime oportunas. Valoradas las mismas, el proceso de aprobación seguirá su curso ordinario: se elevará al Pleno del Ayuntamiento para su votación definitiva, previa presentación de posibles enmiendas por parte de los Grupos Municipales con representación en el Consistorio.

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