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El TSJM anula Madrid Central por no incluir el trámite de información pública

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La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el acuerdo del Pleno Extraordinario del Ayuntamiento de Madrid del pasado 5 de octubre de 2018, por la cual se aprobó la Ordenanza de Movilidad Sostenible.

En dicha Ordenanza, aprobada bajo la alcaldía de Manuela Carmena con los votos a favor de Ahora Madrid y PSOE y en contra de PP y Ciudadanos, se recogía la implantación de Madrid Central. Según el fallo del TSJM, se admite el recurso de Círculo de Empresarios de Ocio Nocturno y de Espectáculos de Madrid (CEONM) por no incluir el trámite de información pública.

Esta anulación se suma a las anteriores tras los recursos de la Comunidad de Madrid, del PP de Madrid y de la mercantil ‘DVuelta Asistencia Legal’. Aún quedan pendientes de resolver los recursos de Pyramid Consulting y de Automovilistas Europeos.

Según el recurso presentado por CEONM, se habían omitido los trámites esenciales indicados en su aprobación y se habían incumplido los principios señalados en el Título III de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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1 comentario

Fantomas 5 febrero, 2021 - 4:04 pm

A mi de golpe me huele a podrido está sentencia. Es demasie del pppodrido.

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