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El Ayuntamiento de Madrid aprueba 2 millones de euros en ayudas al ocio nocturno y 1 millón al fomento del comercio

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La Junta de Gobierno ha aprobado hoy, a propuesta del Área de Economía, Innovación y Empleo, destinar 2 millones de euros en ayudas al ocio nocturno para paliar parte de las consecuencias de las medidas preventivas tomadas a raíz de la crisis sanitaria y, por otro lado, 1 millón de euros para fomentar el tejido de las asociaciones del sector comercial, hostelero y hotelero para el pago del alquiler de locales destinados a su gestión y al personal contratado.

En cuanto a la primera línea de ayudas, 2 millones para el ocio nocturno con cargo al presupuesto de 2021, se podrá ampliar hasta en 500.000 euros si existe disponibilidad presupuestaria adecuada y en función de la cantidad que finalmente se apruebe en el presupuesto del ejercicio. Este sector ocupa a cerca de 10.000 personas en la ciudad de Madrid y la preservación de su empleo, en gran medida en suspenso debido a los ERTE, resulta esencial para el Consistorio.

Las entidades beneficiarias van a ser, concretamente, las discotecas, salas de baile y bares especiales con y sin actuaciones musicales definidos en el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones.

El período subvencionable será el comprendido entre el 20 de agosto y el 31 de diciembre de 2020 o, en su caso, hasta el momento en que quede sin efecto la orden de suspensión de las actividades si esta última fecha fuese anterior al 31 de diciembre de 2020 o bien, hasta el momento en el que, conforme a la normativa que resulte aplicable, pudieran reanudar o adaptar la actividad para su apertura efectiva al público antes de la fecha indicada anteriormente.

Se concederá una única ayuda por solicitante, correspondiente a un solo local, con un importe máximo mensual de 1.000 euros. En el caso de que se hubieran satisfecho todas las solicitudes que cumplan los requisitos y quedara crédito suficiente, podrán concederse nuevas ayudas para los solicitantes que desarrollen su actividad en más de un local de la ciudad.

Los solicitantes podrán ser tanto personas físicas como jurídicas que sean arrendatarios del local destinado al ejercicio de la actividad y titulares de la licencia municipal. La ayuda será compatible con cualquier otra que pudieran percibir destinada al pago del alquiler del local, siempre y cuando el importe de todas las ayudas concedidas no supere el de los recibos de arrendamiento del mismo.

En cuanto a los requisitos exigidos, deberán acreditar que el local desarrollaba su actividad el 19 de agosto de 2020 y que quedó suspendida a partir de esa fecha, además de que no han podido reiniciar su actividad o, en su caso, acreditar el momento en el que han vuelto a reiniciarla. Además, deberán demostrar que se encuentran al corriente de pago de la renta del alquiler correspondiente.

Fomento del tejido asociativo del sector comercial, hostelero y hotelero

Por otro lado, desde esta misma área, se ha previsto destinar 1 millón de euros para fomentar el tejido de las asociaciones del sector comercial, hostelero y hotelero. Las ayudas se dirigen al pago del alquiler de locales expresamente destinados a la gestión de la entidad solicitante, así como al personal contratado para el desempeño de funciones propias de su actividad, ambos gastos efectuados en 2020.

El Área de Economía, Innovación y Empleo subvencionará hasta el 75 % de los gastos justificados con un límite máximo de 25.000 euros por entidad beneficiaria.

El asociacionismo es importante para el Ayuntamiento de Madrid, conocedor de la necesidad de colaboración público-privada, que tiene como objetivo fomentar este tipo de contribuciones que dan libertad al sector y permiten una mayor capacidad de maniobra ante momentos como los que estamos viviendo.

Ambas ayudas están previstas para 2021. El plazo de presentación de las solicitudes, que podrá realizarse online a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento y presencialmente, será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, cuya fecha se definirá próximamente.

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