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La Comunidad de Madrid destinará 23,8 millones de euros a la compra urgente de respiradores

Gacetín Madrid

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha autorizado hoy un gasto de 23,8 millones de euros para la adquisición de respiradores mecánicos y otro tipo de equipamiento sanitario de alta tecnología con el objetivo de ofrecer atención urgente de los afectados por coronavirus COVID-19.

Para la adquisición de este material, y al igual que se hizo el pasado domingo en un Consejo de Gobierno extraordinario para la compra centralizada de material sanitario, la Comunidad de Madrid, a través de la Viceconsejera de Asistencia Sanitaria, ha aprobado una declaración de emergencia que permita la adquisición de estos recursos por tramitación también de emergencia.

Como recuerda la Comunidad de Madrid, la pandemia del coronavirus COVID-19 ha supuesto cambios extremos en las condiciones de vida a nivel mundial, generando una emergencia sanitaria desconocida hasta el momento, que ocasiona efectos alarmantes que afectan a la economía y a los niveles de bienestar de los ciudadanos y cuya rápida evolución obligó a la declaración del estado de alarma en nuestro país el pasado 14 de marzo.

La Administración de la Comunidad de Madrid entiende que debe adoptar una posición activa para poner a disposición de sus ciudadanos de la forma más ágil posible, los medios que permitan paliar los efectos negativos del coronavirus.

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, presidió el pasado domingo 22 de marzo un Consejo de Gobierno extraordinario para aprobar otros 23,3 millones de euros dirigidos a la compra centralizada de material sanitario en el exterior.

Madrid modificará su Estatuto de Autonomía para que el Gobierno pueda dictar decretos-ley por urgente necesidad

La Comunidad de Madrid va a iniciar la tramitación urgente del Anteproyecto de Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, con el objetivo de modificar el artículo 15 del Estatuto de Autonomía, de tal manera que el Consejo de Gobierno quede habilitado para dictar disposiciones legislativas provisionales en forma de Decreto Ley en caso de urgente y extraordinaria necesidad.

Los decretos-leyes tendrán que ser convalidados expresamente por la Asamblea de Madrid después de un debate y votación de totalidad, por lo que el Parlamento autonómico mantiene la capacidad de ratificación o derogación y, en su caso, de enmienda y modificación. Igualmente, se podrán tramitar los decretos-leyes como proyectos de ley por el procedimiento de urgencia.

Desde el Gobierno regional indican que «circunstancias como las que está planteando la pandemia del coronavirus COVID-19 demuestran que el Gobierno regional requiere dotarse de instrumentos ejecutivos que le permitan tomar las medidas de tipo legislativo y presupuestario que sean necesarias para enfrentarse a situaciones de estas características».

Corresponde al Consejo de Gobierno declarar esta tramitación urgente, tal y como regula el artículo 27.1.b de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre. La tramitación por urgencia implicará que los plazos previstos para la realización de los trámites del procedimiento de elaboración se reducirán a la mitad.

Otras comunidades autónomas ya han reformado sus Estatutos de Autonomía para habilitar a los Consejos de Gobierno regionales a dictar disposiciones legislativas provisionales con forma de Decreto Ley. Se trata de Andalucía, Aragón, Baleares, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Valencia y Navarra, esta última con la reforma parcial de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.

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