• Distritos
  • Madrid
  • Comunidad
  • Deportes
  • Cultura
  • Ciencia y tecnología
  • Salud
  • Empleo
  • Opinión
Gacetín Madrid
ComunidadCultura y Ocio

El Tribunal Supremo obliga a Telecinco a suspender «inmediatamente» la emisión de ‘Pasapalabra’

Gacetín Madrid 1 octubre, 2019
1 octubre, 2019
FacebookTwitterRedditWhatsappTelegramThreadsBluesky
750

La Audiencia Provincial de Madrid había condenado a la productora por los perjuicios sufridos por el incumplimiento de los acuerdos sobre el formato televisivo.

El Tribunal Supremo ha desestimado finalmente el recurso de casación interpuesto por Mediaset España contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid dictada sobre el contrato suscrito con la productora ITV, en relación con los derechos de emisión del programa ‘Pasapalabra’ que presenta Christian Gálvez.

La sentencia de la Audiencia Provincial había estimado la demanda reconvencional interpuesta por ITV, y condenado a Mediaset a satisfacer determinadas cantidades en concepto de indemnización por los perjuicios sufridos por el incumplimiento por Mediaset de los acuerdos suscritos sobre dicho formato televisivo.

La Audiencia Provincial acordó condenar a Telecinco a «cesar inmediatamente» la emisión de este programa, quedando también prohibido «reanudar en el futuro, la emisión, edición, producción, reproducción, comunicación pública, distribución, transformación y toda y cualquier otra forma explotación, por sí o a través de terceros, del programa Pasapalabra, así como de cualquier otro programa de televisión que tenga un formato idéntico o similar al del programa Pasapalabra o que tenga la denominación Pasapalabra».

Haz clic aquí y recibe todas las noticias en tu movil
Logo de Gacetin Madrid

El recurso de casación fue admitido exclusivamente en relación con una de las cuestiones planteadas por Mediaset, que cuestionaba la posibilidad de que ITV pudiera reclamar a la condena a Telecinco a indemnizarle en el importe de las ganancias obtenidas como consecuencia del uso del formato y la denominación “Pasapalabra” (incluyendo las ventas de merchandising) desde el 1 de agosto de 2012, puesto que ITV solamente explota su formato mediante licencia, y había decidido no optar, ni siquiera de manera subsidiaria, por el criterio de la regalía hipotética.

El Tribunal Supremo, aplicando la Directiva que regula el respeto a los derechos de propiedad intelectual y el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual española, concluye que la utilización del criterio indemnizatorio de los beneficios obtenidos por el infractor es procedente aunque el titular de los derechos infringidos no explote directamente el formato televisivo objeto de la infracción.

Así, considera que la modalidad de resarcimiento prevista en el artículo 140.2 del TRLPI no es propiamente una modalidad propiamente indemnizatoria- en tanto que no responde al quebranto patrimonial sufrido por el titular del derecho de exclusiva vulnerado-, sino que busca evitar que quede en el patrimonio del infractor el beneficio patrimonial logrado con la infracción.

Esta modalidad restitutoria, propia de la denominada condictio por intromisión, ha sido adoptada por la jurisprudencia también en resoluciones relativas a actos de competencia desleal y propiedad industrial.

manzanareselreal
FacebookTwitterRedditWhatsappTelegramThreadsBluesky
Gacetín Madrid

Periódico digital de la Ciudad de Madrid (España)

noticia anterior
Abogados Cristianos denuncia ante la Fiscalía las pintadas aparecidas en una iglesia de Fuencarral
siguiente noticias
La Comunidad muestra su apoyo a acciones que impulsen consumo del aceite de oliva de Madrid

Te puede interesar

Abren inscripciones para el ‘Museo de Verano’: el...

17 mayo, 2026

Madrid actuará en 5.300 hectáreas de terreno forestal...

17 mayo, 2026

Madrid convoca sus becas de excelencia académico-deportiva con...

17 mayo, 2026

Madrid reúne la obra pictórica de siete artistas...

17 mayo, 2026

Febo Napoleón gana el premio a la mejor...

17 mayo, 2026

Madrid se prepara ya para los incendios forestales...

16 mayo, 2026

Pint of Science vuelve a traer la ciencia...

16 mayo, 2026

OCU estima en 588 euros el coste medio...

16 mayo, 2026

La Galería de las Colecciones Reales celebrará el...

16 mayo, 2026

Madrid destinará 5,7 millones de euros la atención...

16 mayo, 2026

Comentarios Cancelar respuesta

Somos un medio de comunicación digital de actualidad de acceso gratuito e independiente de la ciudad de Madrid. Informamos de las últimas noticias que suceden en los 21 distritos y los diferentes barrios o zonas de Madrid, así como todas las noticias de interés para los madrileños.

Contacta

  • Contacto: contacto@gacetinmadrid.com
  • Opina: opinion@gacetinmadrid.com
  • Anúnciate con nosotros: marketing@gacetinmadrid.com

Abren inscripciones para el ‘Museo de Verano’: el...

17 mayo, 2026

Febo Napoleón gana el premio a la mejor...

17 mayo, 2026

Madrid despide San Isidro 2026 este domingo: pasacalles,...

16 mayo, 2026

Adif inicia la construcción de cuatro nuevas vías...

16 mayo, 2026

Sábado de San Isidro: gigantes y cabezudos, ‘Re-Chulos’,...

15 mayo, 2026
  • Twitter
  • Telegram
  • Facebook
  • Instagram
  • Whatsapp

@2024 - Todos los derechos reservados a Gacetín Madrid. Política de privacidad | Política de Cookies


Volver arriba
Gestionar consentimiento
Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.
Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
  • {title}
  • {title}
  • {title}
Gacetín Madrid
  • Distritos
  • Madrid
  • Comunidad
  • Deportes
  • Cultura
  • Ciencia y tecnología
  • Salud
  • Empleo
  • Opinión